La causa volverá al juez que podrá reabrir el caso y pronunciarse sobre pedido de procesamiento

Crímenes de Michelini y Gutiérrez Ruiz no están prescriptos, definió el Tribunal

El fallo establece que no corresponde aceptar la prescripción de los hechos ocurridos sino que se deben investigar los mismos y, por tanto, no se hace lugar al archivo. El expediente ahora debe volver al magistrado de primera instancia Roberto Timbal quien, a juicio de la actora, debería pronunciarse sobre el pedido de procesamiento solicitado por la fiscal Mirtha Guianze.

Para los defensores, en cambio, se considera que aún no existe pronunciamiento de la justicia, la que deberá ahora encarar la instrucción y luego resolver sobre los puntos planteados.

La abogada denunciante Hebe Martínez Burlé entendió que «lo más transparente» es que el expediente sea derivado a otro juez, al sostener que el magistrado «ya prejuzgó».

La investigación sobre los crímenes de Michelini y Gutiérrez Ruiz derivó tras la restauración democrática en la integración de una comisión parlamentaria que elevó un informe al Poder Judicial.

El Poder Ejecutivo de la época, encabezado por Julio María Sanguinetti, entendió que el caso estaba incluido en la Ley de Caducidad. Precisamente, el ex presidente, en una nota enviada en 1989 al Poder Judicial, durante su primer mandato presidencial (1985-1990), consideró que Michelini y Gutiérrez Ruiz fueron asesinados por orden de los mandos militares de la época en Uruguay. El mismo argumento repitió cuando le tocó testimoniar en este expediente.

En 2002, a raíz de declaraciones de los dirigentes nacionalistas Alberto Zumarán y Juan Raúl Ferreira, fue solicitada la reapertura de la causa, petición que fue acogida por la Fiscalía. Tras el desarchivo, los denunciantes aportaron numerosos testimonios y pruebas sobre ambos crímenes, muchas de ellas recogidas en Argentina, así como documentación desarchivada de la Cancillería. A la vez, a la sede penal comparecieron numerosos testigos, así como el propio Bordaberry y Blanco, quienes negaron su participación en los hechos. Bordaberry declaró frente al juez Timbal que era una «infamia» incluir los asesinatos de Michelini y Gutiérrez Ruiz en la Ley de Caducidad. Además, aseguró que las autoridades de la época en Uruguay no fueron las responsables de esas muertes.

Finalmente, Timbal, resolvió archivar la causa por considerar que los hechos investigados estaban prescriptos.

La fiscal Guianze –quien había pedido 15 años de prisión para el ex dictador y de Blanco por «coautoría de homicidio muy especialmente agravado» y la elevación en un tercio del plazo de prescripción– apeló el archivo de las acusaciones por los cuatro asesinatos. *

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