Senado hará suyo pedido de informes al BPS sobre jubilaciones del "Goyo" y de Bordaberry
La bancada de senadores del Encuentro Progresista respaldó al legislador Leonardo Nicolini (Espacio 609) en su reclamo que efectivizará la semana que viene a los efectos de que la Cámara alta tome como suyo un pedido de informes realizado ante el Banco de Previsión Social (BPS) seis meses atrás para conocer si los dictadores Gregorio Conrado Alvarez Armeguino y Juan María Bordaberry perciben jubilación como ex presidente de la República.
El parlamentario manifestó «su profundo malestar» ante esta situación y la comparó con la que tuvo el Ministerio de Defensa Nacional que contrariamente a lo actuado por el BPS, actuó en forma diligente y respondió en sólo una semana.
En esa ocasión, el Ministerio de Defensa Nacional confirmó que el ex dictador Gregorio Alvarez, en su condición de ex militar percibe una pasividad nominal de $ 51.037,37 y un líquido legal de $ 47.822,02, y tomaba cuerpo la intención del senador encuentrista Leonardo Nicolini de promover a través de los mecanismos pertinentes que «no la cobre más».
La Cámara de Senadores tiene previsto sesionar en forma extraordinaria en la semana entrante y en dicha oportunidad se formulara el planteo de parte de Nicolini.
Durante la bancada del pasado lunes, según fuentes políticas, Nicolini recordó que mantuvo contactos previamente a realizar los pedidos de informes pero que los mismos tanto «en forma verbal e indirecta, no fueron exitosos», pero que si bien el director del BPS, Ernesto Murro, había admitido que la información era «delicada» aseguró que «el pedido de informes sería respondido».
Las peticiones
En el pedido de informes del pasado 7 de setiembre, Nicoloni preguntaba: «¿Cuál es la normativa que establece los haberes que perciben los ex presidentes de la República por concepto de jubilación?; «si el dictador Gregorio Conrado Alvarez Armeguino, nacido en 1926, usurpador de la democracia, ¿percibe jubilación como ex presidente de la República?; «en caso de que la respuesta anterior sea afirmativa, ¿cuál es el monto de la misma?; y si «el actual Directorio del BPS, ¿tomó alguna medida para corregir esta irregularidad?». En el caso de Juan María Bordaberry el pedido de informes es similar pero agrega otras inquietudes: «De qué forma fue computado a los efectos jubilatorios, el período entre el 27 de junio de 1973 y el 12 de junio de 1976, cuando el dictador Juan María Bordaberry usurpó el cargo de Presidente de la República».
Asimismo, inquirió Nicolini, «en caso de que este período se haya computado, ¿qué beneficios se le otorgaron irregularmente?; y «¿cuánto le correspondería percibir por concepto de jubilación en caso de que este período no fuese computado?».
Por último, y en una de las interrogantes más polémicas, si «el actual Directorio del BPS, ¿puede tomar alguna medida para corregir esta situación irregular en caso de que existiera?». *
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