Cuatro juezas prestaron juramento ante la Corte

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) tomó juramento a las 10:30 horas de ayer a cuatro juezas que comenzarán a ejercer los cargos que les fueron designados por el máximo órgano del Poder Judicial, según informó a la prensa la División Comunicación Institucional (Dicomi).

Gabriela Paola Perini Sugueti (antes Juez de Paz de la 10º Sección Judicial de Canelones) fue designada Juez de Paz Departamental de la Capital Suplente. Isaura Tórtora Bof (antes Juez de Paz de la 9º Sección Judicial de Tacuarembó) fue designada Juez de Paz de la 10º Sección Judicial de Canelones (Tala). Patricia Alejandra Rodríguez Barreto (egresada del Centro de Estudios Judiciales del Uruguay) fue designada Juez de Paz de la 9º Sección Judicial de Tacuarembó, en vía de ingreso. Y Gabriela Milka Rodríguez Marichal (egresada del Centro de Estudios Judiciales del Uruguay) fue designada Juez de Paz de la 12º Sección Judicial de Colonia (Tarariras), en vía de ingreso.

La ceremonia, explicó Dicomi, responde a lo preceptuado por el artículo 77 de la ley 15.750, del 24 de junio de 1985, según el cual, los jueces no podrán ejercer el cargo hasta haber sido puestos en posesión del mismo en acto público, en el que deberán jurar el fiel cumplimiento de sus deberes. El artículo 78 de la misma ley establece que el ingreso a la carrera judicial se hará por los cargos de menor jerarquía, salvo en casos excepcionales de ciudadanos destacados por su notoria versación jurídica.

Los jueces son absolutamente independientes en el ejercicio de la función jurisdiccional e inamovibles por todo el tiempo que dure su buen comportamiento, de acuerdo al artículo 84 de la ley 15.750.

Los grados de la carrera judicial, indicó Dicomi, son en un orden ascendente los siguientes: 1º) Juez de Paz; 2º) Miembro del Tribunal de Faltas; 3º) Juez de Paz Departamental del Interior; 4º) Juez de Paz Departamental de la Capital; 5º) Juez Letrado de Primera Instancia del Interior; 6º) Juez Letrado de la Capital, Juez Letrado de Primera Instancia de lo Contencioso Administrativo y Juez Letrado Suplente y 7º) Ministro del Tribunal de Apelaciones, según artículo 98 de la ley 15.750.

Dicomi puntualizó que compete a la SCJ establecer el orden de los ascensos y de los traslados entre los distintos tribunales, de acuerdo a lo preceptuado por el artículo 96 de la mencionada Ley 15.750. *

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