La lucha contra la corrupción

Entre los múltiples aciertos del gobierno actual, cabe destacar la prudente pero prolija y firme actitud a favor de la transparencia y contra toda forma de corrupción.

Se han dispuesto investigaciones y auditorías en todos o casi todos los organismos estatales de modo de denunciar los casos de prácticas dudosas que se comprueben y, al mismo tiempo, como forma de exhibir ante la opinión pública la voluntad de no tolerar más excesos que tanto mal han hecho a la credibilidad del sistema político y de las instituciones, además de causar severos perjuicios materiales al erario.

Según el Diccionario de la Real Academia Española, el sustantivo corrupción significa «acción y efecto de corromper o corromperse»; y, en sentido figurado, «vicio o abuso introducido en las cosas no materiales». En cuanto al verbo corromper, se nos dice que, entre otras acepciones, significa «echar a perder, dañar, depravar, podrir»; pero también «sobornar a alguien con dádivas o de otra manera».

Todos sabemos que un soborno es prácticamente imposible de probar ante la Justicia por la sencilla razón de que nadie extiende un recibo donde conste, además del monto del dinero recibido, el detalle del «servicio» prestado; no suele quedar documentación probatoria del acto de corrupción. En nuestro país hay infinidad de casos «sospechosos» en que las sospechas no pudieron confirmarse por falta de pruebas, lo cual no quiere decir que no haya habido actitud delictiva.

Pero más allá de las dificultades que enfrenta cualquier juez para reunir pruebas, tenemos otros casos que si bien no encajan en ninguna figura prevista en la legislación penal, constituyen prácticas de corrupción. No olvidemos que el derecho y la moral no siempre coinciden; es decir que hay conductas no penadas por la ley pero que son moralmente condenables. Y esas conductas son precisamente las que llevan a la opinión pública a manifestar esa percepción de que en Uruguay el grado de corrupción es bastante alto.

Aunque el Código Penal no lo tipifique como delito, cualquier ciudadano considera que el clientelismo político –el amiguismo o el nepotismo– es una práctica que «daña» al Estado, que «echa a perder» la eficiencia y la honradez administrativas, que «pudre» el correcto manejo de la cosa pública.

Innumerables actos administrativos o comportamientos habituales de los gobernantes –por más que no infrinjan norma alguna– pueden ser percibidos por el ciudadano común como apartados del correcto desempeño de la función pública. Ciertos nombramientos o ascensos, el uso de bienes del Estado, la obtención de pequeñas ventajas y toda una larga lista de conductas que no son formalmente delitos entran, sin embargo, en el concepto de corrupción prevaleciente en la sociedad.

Es preciso tener en cuenta, además, que si la actividad política y los dirigentes políticos han caído en un peligroso descrédito, ello es debido, entre otras cosas, a pequeñas prácticas de corrupción que, como el amiguismo, el intercambio de favores, el clientelismo, son condenadas implacablemente por la opinión pública, y que la misma condena recae sobre el ocultamiento corporativo y cómplice de tales actos reñidos con la ética. Debemos tener muy presente que en los años previos al golpe cívico militar de 1973, los ideólogos de la barbarie habían aprovechado muy inteligentemente el descrédito del sistema político para instalar en la población la percepción de que «son todos iguales», eficaz abono para que germinara entre la gente la idea de que cualquier solución mesiánica que terminara con la corrupción e inoperancia del sistema político sería bienvenida. En aquel entonces la mayoría silenciosa estuvo dispuesta a sacrificar el sistema democrático y las libertades y garantías individuales en el altar de la supuesta honradez administrativa que prometían los golpistas presuntamente incontaminados.

El gobierno actual ha tomado la senda correcta. Por ella deberá transitar hasta lograr que el sistema político recobre su credibilidad. *

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