Los depósitos siguen amparados

Ley deroga en forma parcial el secreto bancario para deudores

El Banco Central está obligado a brindar los datos, con un plazo de 20 días, aunque pueden cobrar por el servicio. También pueden divulgar los datos voluntariamente, incluyendo la publicación en página web. El ministro Danilo Astori mencionó la intención de impulsar esta ley cuando se comenzó a debatir una solución para el endeudamiento interno. Dijo entonces que la sociedad debía conocer quiénes componían el pequeño grupo de grandes deudores. Durante los últimos años de la dictadura, luego del quiebre de la tablita en 1982, el Banco Central solía publicar los primeros lugares de la lista de Riesgo Crediticio con el conjunto del sistema financiero de empresas, particulares y grupos económicos. Los depósitos siguen amparados por el secreto bancario. La nueva ley establece que «en ningún caso esa divulgación implicará dar noticia sobre fondos y valores que se encuentren depositados en el sistema financiero nacional, así como sobre las declaraciones juradas presentadas por el personal superior de las instituciones financieras para su evaluación con fines de supervisión, salvo las excepciones previstas por la ley». Estas excepciones implican autorización judicial.

La divulgación autorizada refiere a «operaciones bancarias activas referidas a inversiones, préstamos, créditos, descuentos, hipotecas, avales, garantías u otras obligaciones crediticias» controladas por el Banco Central.

Por la información, el BCU podrá cobrar un máximo de 270 unidades indexadas y de 90 UI para actualización de la misma información. Puede determinar el máximo de créditos y personas a incluir en cada solicitud a los efectos de esa tasa y puede establecer tarifas diferenciales para grandes volúmenes. *

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