Presidencia "desarchivará" de Defensa resoluciones sobre la Ley de Caducidad
El funcionario del gobierno presentó ayer en la Comisión de Derechos Humanos de diputados 11 fotocopias de dictámenes sobre cómo actuó el Poder Ejecutivo en la aplicación de la Ley de Caducidad.
De las 11 resoluciones, tres pertenecen al período del entonces presidente Jorge Batlle y el resto, a la actual administración. Y hay una denuncia hecha en el período de gobierno del Partido Nacional y que nunca fue respondida por el Poder Ejecutivo de entonces, encabezado por Luis Alberto Lacalle.
Las demás actuaciones gubernamentales son ignoradas ya que se encuentran en microfilmes y en el Ministerio de Defensa y no en los archivos de «actas» del Edificio Libertad. Fernández se comprometió a «desarchivarlas» y presentarlas «a la brevedad» a las comisiones de Derechos Humanos de Diputados y de Constitución del Senado.
Estas resoluciones y sus documentos responden a un pedido del sector nacionalista Correntada Wilsonista que pidió conocer cómo habían procedido los gobiernos (incluido el actual) desde la vigencia de la Ley de Caducidad en 1986 a la fecha, cuando desde la Justicia se lo consultaba sobre las denuncias de los detenidos desaparecidos y si esos casos estaban o no amparados en la ley.
En los tres dictámenes del gobierno anterior, éste recomendaba a la Justicia no investigar las denuncias formuladas porque entendía que estaban amparadas en la Ley de Caducidad.
En uno de los tres expedientes está la denuncia formulada por «Mariano Arana y otros», realizada en el año 1990 (gobierno del ex presidente Luis Alberto Lacalle), pero respondida por la administración de Batlle el 28 de noviembre de 2003. El dictamen no detalla sobre qué caso aludía en aquellos años el entonces senador Mariano Arana.
Los otros dos expedientes respondidos negativamente por Batlle refieren al caso Gelman. Uno lleva la misma fecha del 28 de noviembre de 2003 y el otro, 2 de febrero de 2005. En forma unánime, el anterior gobierno recomendaba al Poder Judicial desestimar las impugnaciones presentadas por el amparo de la Ley de Caducidad y entendía que se debían archivar los expedientes.
A diferencia de las resoluciones del anterior gobierno, la actual administración procede, incluso en algunos de los mismos casos estudiados anteriormente, a responder y habilitar investigaciones.
El 8 de junio de este año, el presidente Vázquez resuelve que visto el informe formulado por la Comisión para la Paz y considerando que «es necesario profundizar la averiguación de lo ocurrido con los ciudadanos detenidos desaparecidos» realizar las investigaciones pertinentes, en el marco del artículo 4º de la Ley de Caducidad.
El 7 de junio pasado el gobierno determina sobre el caso de Nibia Sabalsagaray, asesinada en el Batallón Nº 5 de Ingenieros el 29 de junio de 1974 que, «en relación a los funcionarios militares y policiales -no así en el caso de los presuntos civiles intervinientes- opera la caducidad del ejercicio de la pretensión punitiva del Estado respecto del delito denunciado».
Acerca del caso del asesinato de Luis Roberto Luzardo ocurrido el 12 de junio de 1973 y denunciado por Ana María Blanco, el gobierno determina el 18 de junio pasado que no se considera comprendido en la Ley de Caducidad, en razón de que el ámbito temporal cubierto «está determinado por delitos cometidos durante el período de facto, que es posterior en el tiempo a la fecha de los hechos que se denuncian».
El 23 de junio pasado el Poder Ejecutivo resuelve que en los expedientes referidos al caso Juan Gelman, «no se encuentran comprendidos dentro del artículo 1º de la Ley de Caducidad».
El 31 de octubre, la Justicia consulta al Poder Ejecutivo sobre la denuncia de desaparición de Washington Barrios Fernández. El gobierno responde que se trata de una desaparición forzada ocurrida fuera del territorio nacional «donde tiene vigencia la ley penal extranjera» y en consecuencia «no existen elementos que habiliten al Poder Ejecutivo a declarar el hecho comprendido en el artículo Nº 1 de la Ley de Caducidad».
El mismo día del 31 de octubre, también determina fuera del amparo de la Ley Nº 15.848, las denuncias presentadas por Hilda Fernández y por María Elena Antuña de Gatti.
Con el mismo dictamen, el presidente Vázquez responde al caso de sustracción o retención de un menor de edad y de un uruguayo mayor de edad desaparecidos en Argentina, no especificando identificaciones de los denunciados en la resolución.
La lista de Almada
Por otra parte, Fernández respondió a la inquietud planteada en el mes de setiembre por el abogado paraguayo Mauricio Almada -que fuera recogida por la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Representantes-, quien presentó documentación en la que aparecen los nombres de 71 uruguayos trasladados y detenidos en Paraguay, durante operativos realizados por militares de ambos países.
Desde el Edificio Libertad, en consulta con la Dirección de Identificación Civil, se pudo determinar que, a excepción de dos casos (Gustavo Inzaurralde quien figura en la nómina con seudónimo y ya está denunciado como desaparecido y Carlos Bonavita Espínola quien en realidad fue detenido y desaparecido en Argentina), el resto había actualizado su documentación particular con posterioridad a sus detenciones en Paraguay.
Casquillos por todas partes
Otro de los informes presentado por el secretario de la Presidencia tiene que ver con el hallazgo hecho por el equipo de arqueólogos el pasado 19 de este mes, en el Batallón Nº 13.
El informe, que lleva la firma del jefe del equipo, José López Mazz, señala que «los sedimentos donde se encontró el fragmento de radio humano corresponden a rellenos (escombros, hormigón, hierro, vidrio, ladrillos, casquillos de bala, etc)».
López Mazz afirma que el hallazgo de casquillos de bala en los establecimientos militares «ha sido una constante desde el inicio de los trabajos» y que «el hallazgo de un casquillo de bala (…) difícilmente pueda resultar una prueba concluyente de la causa de muerte de la persona a la cual pertenecía el radio recuperado» en el Batallón Nº 13.*
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