El jurista López Goldaracena se pronunció a favor de una ley que la declare inexistente y sin efecto

Primer planteo de "nulidad" de la Ley de Caducidad llegó ayer al Parlamento

Con la presencia en la jornada de hoy del PIT-CNT y de recibirse por escrito el informe del doctor Alberto Pérez Pérez, la Comisión de Constitución y Legislación del Senado finalizará hoy la ronda de consultas respecto a la norma interpretativa de la Ley de Caducidad, impulsada por legisladores del Frente Amplio.

Ayer asistieron la ex presidenta de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Jacinta Balbela, el representante de la Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, Javier Miranda, el constitucionalista Horacio Cassinelli Muñoz, el especialista en Derecho Internacional, Oscar López Goldaracena, y el constitucionalista Martín Risso.

El ex presidente de la SCJ, Gervasio Guillot, estuvo ausente.

Para el especialista en Derecho Internacional, Oscar López Goldaracena, «en la ley interpretativa si cerráramos los ojos al Derecho Internacional la ley interpretativa es adecuada desde el momento que abre brechas contra la impunidad».

«Si abrimos la biblioteca en el Derecho Internacional llegamos a la conclusión de que la ley interpretativa está viciada absolutamente de nulidad por estar viciada absolutamente de nulidad la Ley de Caducidad», indicó.

Según López Goldaracena «no pueden ampararse a crímenes contra la humanidad en una ley que obstaculice o impida su juzgamiento. Si lo que ocurrió en el Uruguay fueron crímenes de lesa humanidad se debe proceder a castigar a sus culpables, eso es lo que dispone el Derecho Internacional en materia de Derechos Humanos».

Por lo tanto, «la opción a nuestro criterio no sería de ley interpretativa sino que sería de una ley anulatoria que declarara inexistente y sin efecto la Ley de Caducidad».

Citó como fundamento la evolución del derecho internacional desde antes de la Primera Guerra Mundial, pasando por el Estatuto del Tribunal de Nuremberg, hasta llegar al Estatuto de Roma que establece la Corte Penal Internacional. Es de recordar que el propio doctor López Goldaracena elaboró, a pedido del Poder Ejecutivo, el proyecto de ley por el cual se implementa la cooperación con la Corte Penal Internacional y se tipifica el delito de genocidio, desaparición forzada y tortura.

El doctor López Goldaracena recordó que precisamente en 1973, las Naciones Unidas acordaron los Principios de Cooperación para la Identificación, Detención, Extradición y Castigo para los crímenes contra la humanidad, entre los cuales se dispone que los Estados «no tomarán medidas legislativas o de otra índole» que pudieran impedir el enjuiciamiento de los responsables.

 

Los caminos

Para Javier Miranda, representante de la Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, «cualquiera sea el camino que se elija para derrotar la impunidad jurídica que se ha instalado en este país, es un camino bien mirado por Familiares».

«Si el camino es una ley interpretativa, bienvenida sea. Si el camino es la anulación de la Ley de Caducidad, bienvenida sea. Si el camino es la recta aplicación de la Ley de Caducidad que permita sin duda sancionar a los responsables de las violaciones a los Derechos Humanos ocurridas en el pasado reciente, también bienvenido. El objeto debe ser para nosotros derrotar esta impunidad», manifestó Miranda.

A su entender, la iniciativa «básicamente interpreta y la única duda que podría plantearse en cuanto al proyecto es el artículo 5º que en realidad resuelve un problema que la ley no podía resolver que es la compatibilización entre el inciso final del artículo 3º en la Ley de Caducidad y el artículo 1º de la Ley de Caducidad».

«Es absolutamente imposible aplicar el inciso final del artículo 3º de la Ley de Caducidad simultáneamente con el artículo 1º. Si un juez no investiga no puede determinar si la conducta que está estudiando fue cometida por militares o policías equiparados o asimilados y mucho menos si lo hizo en cumplimiento del mando o de órdenes. Luego, que el juez tuviera que elevar inmediatamente de promulgada la Ley de Caducidad el expediente al Poder Ejecutivo, tendría que haber elevado también el trámite de un delito de hurto que estaba considerando en la etapa presumarial en ese momento. Es absurdo», dijo Miranda.

En cambio para Jacinta Balbela el texto propuesto por la bancada encuentrista «no es ley interpretativa» sino «modificativa».

Balbela se ha declarado por la inconstitucionalidad de la Ley de Caducidad.

Por su parte, Cassinelli Muñoz señaló que la iniciativa «está redactada de forma interpretativa» y expresó «algunos puntos que podían haber fricción» aunque no los especificó.

Sostuvo que su posición «está en constante revisión» porque «las opiniones científicas siempre son provisorias».

Cassinelli Muñoz indicó que la Ley de Caducidad «está redactada en forma defectuosa».

 

«Inconstitucional»

El jurista Martín Risso dijo que «hay cosas compartibles del proyecto en donde no hay ningún tipo de infracción jurídica y convenientes, como por ejemplo, la Ley de Caducidad no decía cuándo empezaba el período de caducidad y siempre se entendió que coincidía con la dictadura se aclararía que es el 27 de junio de 1973″.

Risso manifestó que «hay un par de modificaciones que no son interpretativos sino modificativos, y en ese caso el efecto retroactivo sería inconstitucional».

Aludió a «la exclusión de los mandos» y las causales para funcionar que eran la del móvil político o en ocasión de los servicios, «y lo que hace este proyecto de ley es acumularlas, y acá se restringe el ámbito de la caducidad y habría una inconstitucionalidad por el efecto retroactivo».

Manifestó que el tema «más complejo» desde el punto de vista jurídico es el artículo 5º que dice que «los pronunciamientos del Poder Judicial no hacen cosa juzgada y pueden revisarse».

Una interpretación es compartiendo esta posición muy razonable de la SCJ «de que hace cosa juzgada, y en ese caso no cabe duda que habría una inconstitucionalidad».

«Lo que creo que aún cuando no haya cosa juzgada, de todas formas este proyecto de ley implicaría una intromisión indebida en el funcionamiento del Poder Judicial», señaló.

 

Corte transversal

El senador oficialista Enrique Rubio (Vertiente Artiguista) estimó que la Comisión ha tenido una discusión muy importante porque «se ha cortado de forma transversal el Derecho. De a ratos estamos en el Derecho Administrativo, de a ratos en el Derecho Constitucional, en el Internacional, en el Penal, y se logran puntos de vista distintos y alguna sugerencia».

Por su parte, el presidente del grupo parlamentario, el socialista José Korzeniak, evaluó que «si fuese otra ley, sería mucho más tranquilo, no digo que unánime pero sería mucho más homogénea la opinión de los consultados. En esta ley, tal como fue cuando se hizo y ahora con una ley interpretativa, hay opiniones de todo tipo». *

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