Desarchivarían denuncia de Ielsur para enjuiciar a "los mandos" de la dictadura

Seis abogados y cuatro entidades humanitarias comprometidas con una plena vigencia jurídica de los Derechos Humanos analizaron el eventual «desarchivo» de una denuncia que presentara hace veinte años el Instituto de Estudios Legales y Sociales del Uruguay (Ielsur).

«Los mandos» civiles y militares «que actuaron durante el periodo de facto» quedaron expresamente excluidos de todo amparo en la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado Nº 15.848, según el artículo 1º de la cuestionada norma, la llamada «Ley de Impunidad». El reciente pronunciamiento del presidente Tabaré Vázquez respecto a que «los mandos» de la dictadura están excluidos del amparo de la Ley de Impunidad, sería «un hecho superviniente» que ameritaría solicitar el desarchivo judicial de la veinteañera denuncia de Ielsur.

«Todos los mandos fueron denunciados, por separado, en expedientes tramitados en distintos juzgados; ahora, todas las denuncias podrían ser incorporadas a una misma causa, porque se trata de los mismos denunciados, y por los mismos delitos», explicaron a LA REPUBLICA.

Los seis abogados y las cuatro entidades humanitarias celebran al menos una reunión por semana para coordinar acciones judiciales que permitan aunar esfuerzos y «romper el cerco de la impunidad», dijo uno de los activistas sociales que participa de los encuentros. Según trascendió, el grupo de activistas está concentrado en definir el concepto jurídico de «mandos que actuaron durante el período de facto», para viabilizar una denuncia penal contra ellos, ya sea por la vía del desarchivo de la vieja denuncia de Ielsur, o por otro rumbo. En tal sentido, la Ley de Impunidad amparó en su artículo 1º a «funcionarios militares y policiales, equiparados y asimilados por móviles políticos en ocasión del cumplimiento de sus funciones y en ocasión de acciones ordenadas por los mandos que actuaron durante el período de facto», según estableció la norma, de manera textual.

Los «mandos» responsables de las «acciones ordenadas» a «militares y policías» están fuera del amparo de la Ley de Impunidad. Se trata del ex presidente de facto Juan María Bordaberry, o del ex dictador Gregorio Alvarez, quienes nunca fueron «funcionarios» en «funciones». *

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