Amplían denuncia por "ejecución sumaria" en 1974 de tres mujeres de 18 y 19 años: Rebollo, Rapela y Cristi fueron sindicados
Abogados del Instituto de Estudios Legales y Sociales del Uruguay (Ielsur) presentarán durante la semana una ampliación de denuncia por la «ejecución sumaria», el 21 de abril de 1974, de tres mujeres de 18 y 19 años, incluida la esposa de un «desaparecido» en Argentina.
Los generales Juan Rebollo, Julio César Rapela y Esteban Cristi fueron implicados en el asesinato de Laura Raggio y Diana Maidanick, amigas de Silvia Reyes, esposa del desaparecido Washington Barrios. Además resultó involucrado en los crímenes el mayor (r) Armando Méndez.
El jefe del operativo represivo en el barrio Brazo Oriental fue el ex teniente coronel Rebollo, que treinta años después sería comandante en jefe del Ejército Nacional en el gobierno de Luis Lacalle. Ninguna joven pudo escapar. Las tres fueron acribilladas con armas de guerra.
Los entonces mayores José Gavazzo y Manuel Cordero, y el capitán Jorge Silveira, fueron brazos ejecutores en el sangriento allanamiento, junto al capitán Mario Mouriño, un agente de inteligencia militar que operaba, desde 1971, en el S2 del Grupo de Artillería Antiaérea Nº 1.
La denuncia original, gestada hace 17 años, será ampliada ahora con «nuevos elementos de prueba». Los familiares de las jóvenes víctimas consideran que «la Justicia tiene la obligación de investigar», según dijeron a LA REPUBLICA fuentes allegadas a la entidad humanitaria.
La matanza de las tres mujeres con armamento militar pareció no ser suficiente para los represores: tras la masacre se dirigieron a la casa de la hermana de la esposa de Barrios, en El Buceo, quien escapó por el fondo con su marido, y un matrimonio amigo con una hija menor.
Gavazzo y Cordero no tuvieron reparo en mostrar sus rostros. Incluso se exhibieron ante el padre de Silvia Reyes, a quien le habían matado una hija, y recién habían intentado matarle a la otra. Tampoco Rapela y Cristi se ocultaron: conversaron con el padre. Sin miedo. Sin apuros.
«Crímenes contra la humanidad»: imprescriptibles e inamnistiables
Barrios «desapareció» el 17 de setiembre de 1974. Fue detenido por la Policía Federal Argentina en la ciudad de Córdoba. El 11 de octubre fue conducido a La Plata. Un juez lo interrogaría por ingreso ilegal al país. Ya tenía una orden de captura librada por la Fuerzas Conjuntas.
Según la versión oficial de sus captores argentinos, Barrios «se fugó» del vehículo que lo regresaba a Córdoba, ciudad donde se suponía iría a permanecer detenido en la Unidad Militar Nº 9, donde había estado, ahora para aguardar una resolución judicial. Nunca volvió a ser visto.
La «desaparición forzada» de Barrios había sido denunciada el 19 de setiembre ante el juez penal de 19º Turno, Luis Charles, quien al día siguiente remitió el expediente «en consulta» al Poder Ejecutivo para que se «pronuncie» si el caso está amparado por la Ley de Impunidad.
El gobierno cuenta con plazo legal hasta el 20 de octubre, siempre de acuerdo con la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado, para devolver el expediente con su parecer. Se estima que el caso no será amparado por la ley porque el delito se cometió en el extranjero.
El caso de las tres jóvenes asesinadas tampoco podría ser amparado por la Ley porque las mujeres estaban desarmadas cuando fueron acribilladas, y porque durante el allanamiento ilegal se perpetraron delitos económicos, como «el saqueo» del domicilio de las víctimas.
La «desaparición forzada» de Barrios, y la «ejecución sumaria» de su esposa Reyes y sus dos amigas Raggio y Maidanick, configuraron dos «crímenes contra la humanidad», que no son prescriptibles, tampoco amnistiables, y ante los cuales el Estado «debe juzgar a sus autores». *
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