"Por prejuzgamiento y contravenir la Ley Orgánica del Ministerio Público y Fiscal"

La defensa del poeta Gelman pidió la remoción del fiscal Enrique Möller

En el escrito dirigido al Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación, doctor Marcelo Brovia (quien subroga al suspendido Oscar Peri Valdez), el abogado González advierte que la solicitud no implica un cuestionamiento a la honestidad personal e intelectual, técnica ni profesional del doctor Möller

Para los denunciantes de la desaparición de la ciudadana argentina María Claudia García de Gelman, Möller ha hecho pública su posición de mantener el caso al amparo de la Ley de Caducidad, por lo que puede lesionar los intereses de ecuanimidad en la administración de justicia.

 

Archivó anticipadamente

En el escrito se recuerda que el 19 de julio de 2002 se presentó ante el juzgado Penal de 2º turno, a cargo del doctor Gustavo Mirabal, la denuncia por Privación de Libertad y Homicidio perpetrados contra María Claudia García y por la sustracción y supresión de estado civil de su hija, Macarena Gelman.

El 13 de diciembre de 2002, el juez Mirabal dispuso la apertura del presumario para recibir múltiples declaraciones testimoniales y profusa prueba documental, se dio vista y se pidió al Poder Ejecutivo que se pronunciara sobre si el caso estaba comprendido en la Ley de Caducidad.

La defensa de Gelman explica que el 30 de abril de 2003, cuando el juzgado pidió al fiscal opinión sobre el caso, para ampliar pruebas o considerar suficiente la instrucción, y preguntar luego al Poder Ejecutivo si el caso estaba incluido en la Ley 15. 848, Möller solicitó archivar la causa.

«En lugar de pronunciarse sobre el requerimiento del señor juez (pruebas complementarias o instrucción suficiente) el señor fiscal Enrique Moller, en uso de atribuciones no previstas ni orgánica ni funcionalmente, se pronunció jurídicamente brindando su opinión sobre el espíritu de la Ley de Caducidad»

Para el abogado González ese pronunciamiento de Möller era una facultad «vedada al agente del Ministerio Público, y reservada para el órgano político», es decir, el Poder Ejecutivo, según lo establece el Artículo 3 de la Ley de Caducidad de la pretensión punitiva del Estado.

 

Prejuzgamiento público

El juez Mirabal terminó remitiendo las actuaciones al entonces presidente Jorge Batlle, quien, el 28 de noviembre de 2003, se expidió y consideró que el Caso Gelman estaba comprendido en la Caducidad, por lo cual, el 2 de diciembre de 2003, el juez dispuso la clausura de las actuaciones.

Luego del 1º de marzo de 2005, cuando la defensa solicitó la reapertura de la causa ante la constatación de hechos nuevos, el doctor Möller anunció a través del diario El Observador (16 de junio) que mantendría la misma posición e interpretación jurídica y solicitaría nuevamente el archivo de las actuaciones.

«El fiscal vuelve a pronunciarse sobre el destino de las actuaciones, con la agravante de hacerlo ahora públicamente y sin antes siquiera, haber tomado conocimiento de las nuevas pruebas, ni de las disposiciones dictadas por el señor magistrado», alega la defensa de Gelman.

Para el abogado González, el hecho era una nueva «involuntaria invasión de la competencia exclusiva del Poder del Estado legalmente habilitado para decidir acerca de la prosecución o no de estas actuaciones», con el aditivo de que ahora el actual Poder Ejecutivo sostenía precisamente lo contrario.

 

«Cuestión de Estado»

La defensa de Gelman sostiene que la Ley Orgánica del Ministerio Público y Fiscal (Ley 15.365) impone a los fiscales «Abstenerse de emitir y hacer públicos juicios o censuras, manifiestos o encubiertos, en sus dictámenes o por cualquier otro medio, sobre gobernantes o jerarcas del servicio; dar a publicidad o facilitar de cualquier modo la difusión de antecedentes e informaciones sobre cuestiones o asuntos de cualquier naturaleza de que conozcan, o en que intervengan o hubieran intervenido en razón de sus funciones…»

Agrega que también es público y notorio que en el discurso de asunción del mando presidencial, el pasado 1º de marzo, el señor presidente electo, doctor Tabaré Vázquez, anunció la voluntad política del Poder Ejecutivo de «excluir de la Ley de Caducidad el caso de la nuera de Gelman».

Eta decisión, que sería adoptada formalmente y enviada a la Suprema Corte de Justicia para ser incorporada al expediente de María Claudia García, contrasta con la posición del fiscal Möller, no solo con su interpretación original, sino también con su posterior pronunciamiento público.

Finalmente, la defensa sostiene su pedido de remoción en la importancia social, jurídica y política del caso, que ha sido considerado «cuestión de Estado» por el gobierno argentino y en cuya resolución también existe un compromiso del Estado uruguayo, que la Fiscalía representa. *

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