Juez extinguiría delito de Alvarez si en 48 horas no interponen recurso
Tanto Aguerre Cat como la representante del Ministerio Público y Fiscal disponen de un plazo legal de seis días hábiles, a partir del 1º de junio, para interponer recurso contra la sentencia interlocutoria de Tapié que notificó a Alvarez la «extinción» de la condena en su contra.
Condenado a cinco meses de prisión, en suspenso, el delito y la pena dispuesta contra Alvarez extinguieron el pasado 10 de marzo, un año después que quedó «sujeto a proceso», citado «bajo apercibimiento», y a la misma vez «intimado» a comparecer junto a un abogado defensor.
No obstante, una corriente minoritaria en la doctrina penal entiende que la «extinción» de la condena tras el «período de latencia» de un año debe computarse a partir de la sentencia de la Suprema Corte de Justicia, del pasado 20 de abril, que cambió la «calificación delictual».
Alvarez fue sentenciado en 2004 por el juez Tapié, imputado de «un delito de desacato cometido a través de un medio de comunicación». El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2º Turno lo «absolvió» del delito. La Corte ratificó la condena pero cambió el delito por «injuria».
Antes de declarar la extinción del delito y la pena, el juez Tapié debe solicitar al Instituto Técnico Forense (ITF), una dependencia del Poder Judicial, «las planillas actualizadas» del fichaje prontuarial de Alvarez para que la fiscalía se expida sobre la extinción del delito.
Cumplido todo el trámite procesal previsto por las normas vigentes, el magistrado comunicará a la Corte Electoral la sentencia en la que declarará la extinción del delito y de la pena para que el organismo electoral restituya a Alvarez el ejercicio de sus derechos ciudadanos.
Resolución en suspenso
La Corte Electoral decidió ayer suspender la resolución que procedía a inhabilitar la inscripción cívica del ministro del Tribunal de Cuentas, Ariel Alvarez. Los ministros disponen ahora de un plazo legal máximo de 10 días a fin de analizar el recurso presentado por Alvarez. Mañana, las autoridades de la Corte electoral solicitarán al juzgado correspondiente la entrega del fallo que establecía la suspensión de la pena otorgada a Ariel Alvarez por el delito de injuria. El mismo, fue anexado por el ministro del T.C. en el recurso que presentó al organismo electoral.
En sesión extraordinaria, que duró solamente 30 minutos, los ministros de la Corte resolvieron dar entrada al recurso del representante de la izquierda ante el T.C., y repartirla entre los nueve ministros del organismo electoral. Ante lo cual, se resolvió por unanimidad, mantener en suspenso la inhabilitación de la ciudadanía de Alvarez, hasta tanto cada uno de los ministros estudie y efectúe las consideraciones del recurso presentado.
No obstante, los ministros estimaron necesario que el juzgado correspondiente les envíe el fallo que establece la suspensión de la pena para el jerarca del Tribunal de Cuentas. *
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