Seguro de depósitos bancario fue aprobado pero nunca efectivizado
El artículo 45 de la Ley 17.613 sobre Fortalecimiento del Sistema Bancario habilita la creación de un Fondo de Garantía de Depósitos Bancarios, «que constituirá un patrimonio de afectación independiente, sin personería jurídica, gestionado por la Superintendencia de Protección del Ahorro Bancario, la que ejercerá las facultades de dominio sin ser propietaria, para cumplir los cometidos asignados en esta ley».
El Fondo según el Artículo 46 se constituirá con el aporte que realizarán los Bancos y cooperativas de intermediación financiera, con los frutos y reintegros de las colocaciones que realice la Superintendencia de Protección del Ahorro Bancario, con el producido de los préstamos o empréstitos celebre la Superintendencia y con las utilidades líquidas de la Superintendencia de Protección del Ahorro Bancario en cada ejercicio anual. La ley lleva muchos años de votada, pero como los bancos se oponían a su efectivización las autoridades hoy salientes no se avinieron a ponerla en práctica.
A partir del lunes será una realidad y un seguro más para los ahorristas. *
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