Pedirán audiencia al presidente de la SCJ por "las demoras" en el juicio contra Bordaberry
Están «preocupados» por que los defensores de Bordaberry logren «la impugnación» del expediente arguyendo la «prescripción» del delito a través de la táctica que siguieron hasta ahora: la repetitiva entrega de escritos con los mismos argumentos que ya fueron rechazados «in totum» por la unanimidad de los cinco ministros que integran la SCJ.
La audiencia con el presidente de la SCJ, doctor Leslie Van Rompaey, sería pedida hoy mediante un escrito firmado por los representantes de la comisión, los abogados Hebe Martínez Burlé y Walter De León, según pudo saber LA REPUBLICA de fuentes allegadas a la comisión.
Copias de la solicitud de audiencia serían presentadas ante el Juzgado en lo Penal de 6º Turno y ante la Fiscalía en lo Penal de 5º Turno. La jueza Fanny Canessa y la fiscal Ana María Tellechea son magistradas que tienen a su cargo el expediente que transitó por varios juzgados.
Un año y diez meses y aún en etapa de «presumario»
La denuncia contra Bordaberry fue presentada el 19 de noviembre de 2002, pero el expediente aún continúa en etapa de «presumario», y ya pasó por las manos de diversos magistrados de la Justicia Penal.
Bordaberry fue denunciado ante la Justicia Penal por varios «hechos notorios que no requieren prueba», como, entre otros, la firma que estampó el 27 de junio de 1973 en un decreto que «disolvió» las dos cámaras legislativas y creó el «inconstitucional» Consejo de Estado.
El ex presidente de facto está acusado de perpetrar un «atentado contra la Constitución», delito previsto por el numeral 6º del artículo 132 del Código Penal y por el artículo 330 de la Constitución Nacional.
«Un reo de lesa Nación»
En el caso denunciado, tanto la doctrina así como la jurisprudencia han coincidido en que no debe computarse el tiempo transcurrido durante la dictadura militar y civil, ya que se considera que durante el mencionado período no rigió «un verdadero Estado de Derecho».
No obstante, los delitos que tienen un pena máxima superior a los veinte años prescriben a los veinte años de ocurridos, lo que podría ser alegado por los abogados defensores del ex presidente de facto.
El delito de «atentado contra la Constitución» tiene una pena máxima de 30 años, según lo establece el Código Penal vigente. De acuerdo con la actual Carta Magna, incurre en el referido delito «el que atentare o prestare medios para atentar contra la presente Constitución después de sancionada y publicada», artículo según el cual, el delincuente «será reputado, juzgado y castigado como reo de lesa Nación». *
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