El plazo para la inscripción de hojas de votación vence el viernes 1º de octubre
La Corte Electoral aprobó la reglamentación de la elección nacional de octubre de 2004. El mismo incluye detalles sobre los planes circuitales, el padrón electoral, el registro y las características de hojas de votación, y las normas sobre la hoja de la reforma constitucional.
En su artículo 4º, establece que el padrón electoral será entregado por la Corte Electoral a los partidos políticos 45 días antes, por lo menos, de la fecha de la elección.
Los partidos políticos podrán reclamar por las deficiencias que a su juicio existan en el padrón hasta 15 días antes de la fecha fijada para la elección.
En cuanto a la hoja de votación, ésta será de 30 por 21 centímetros para el departamento de Montevideo, de 25 por 21 centímetros para el departamento de Canelones, y de 20 por 21 centímetros para los demás departamentos de la República.
En todos los casos se admitirá una tolerancia de 4 centímetros, en más o en menos, en las medidas especificadas.
La hoja de votación se distinguirá por el lema partidario, que debe encabezarla, y llevará un número ubicado en el ángulo superior derecho, de mayor tamaño, encerrado en un círculo debajo del cual deberá constar, en letras visibles, el nombre del departamento a que corresponde.
No se admitirán hojas de votación idénticas distinguidas con números diferentes. La Junta Electoral sólo aceptará el registro de la hoja de votación que se haya presentado en primer término. Tampoco se admite la inclusión de dos números diferentes.
El plazo para el registro de las hojas de votación vencerá el viernes 1º de octubre a las 24 horas. Queda excluida la posibilidad del registro de una hoja de votación mediante fax, correo electrónico o cualquier medio magnético.
En cuanto a la hoja de ratificación plebiscitaria por el Agua, «sólo se imprimirán hojas conteniendo el voto por Sí del proyecto de reforma». Dicha hoja será de tamaño uniforme, de 9 por 13,5 centímetros, confeccionada en papel de color blanco, sin lema, sublema, ni distintivo y con leyenda impresa en tinta negra del tenor que se establece a continuación: «Voto por Sí». «El proyecto de reforma constitucional referido a la política nacional de aguas y saneamiento por el que se agregan incisos a los artículos 47 y 188 de la Constitución de la República y un literal Z a sus disposiciones transitorias y especiales.» La Corte Electoral imprimirá 4 millones de papeletas, independientemente de las impresiones que realicen los partidos políticos. *
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