Ley para que haya dos candidatos a comunas
El diputado forista Walter Vener presentó un proyecto de ley para limitar a dos el número de candidatos a intendentes por partido, estableciendo una interpretación de la letra Z de la disposición transitoria de la Constitución.
El diputado colorado por Soriano señala en su proyecto de ley que la voluntad de los legisladores, cuando se redactó la reforma constitucional, fue establecer en la disposición transitoria –hasta tanto una ley no reglamente la candidatura única– que los partidos políticos sólo podían presentar dos candidatos a las intendencias.
Vener admite que en el texto constitucional no se establece qué sucede cuando en la convención departamental se produce un empate entre dos precandidatos con el 30 por ciento de los votos.
Fue precisamente esta carencia la que permitió que la Corte Electoral interpretara, el pasado año, que los partidos podrían presentar hasta tres candidatos a intendente si superaban el 30 por ciento de los votos. Ese mismo año, el diputado herrerista Gustavo Borsari presentó un proyecto de ley interpretativo para limitar a dos los candidatos, pero nunca fue tratado en la comisión parlamentaria.
Ahora, el diputado forista señala que la disposición de la Corte Electoral dio lugar a «situaciones cuya repetición no son del todo convenientes», y aseguró que su proyecto de ley busca interpretar más «acabadamente cuál fue el propósito de las fuerzas políticas concordantes en aquella oportunidad».
El proyecto de ley establece: «Declárase a título expreso y por vía de interpretación que el máximo de candidatos a intendentes por partido en las elecciones municipales será de dos».
En el caso de un empate en el segundo candidato se establece una nueva elección en la convención departamental, siempre y cuando ambos hubieran superado el 30 por ciento de los votos, lo mismo establece para el caso de múltiple empate en el primer puesto, aunque en este caso cada convencional podrá incluir hasta dos listas con nombres diferentes para proclamar a los dos candidatos.
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