IMM aprueba nuevo régimen para otorgar permisos de construcción
La Intendencia Municipal de Montevideo (IMM) determinó que las inspecciones que debían realizar profesionales municipales, para otorgar permisos de construcción no residenciales, serán sustituidas por una declaración jurada del técnico actuante en representación del particular.
El nuevo régimen de certificaciones e inspecciones profesionales es una propuesta de la comuna capitalina para desburocratizar el mecanismo de control. La finalidad es abreviar los trámites, bajar costos para el público y no recargar innecesariamente a la administración, destacó Alberto Ortega, director del Departamento de Acondicionamiento Urbano de la IMM.
«En el caso de un permiso de construcción, que muchas veces se hacen inspecciones para verificar el cumplimiento de determinadas normas o aspectos, alcanzará en el futuro con que el profesional que está a cargo de la obra declare y se haga responsable de que los aspectos que hay que inspeccionar están cumplidos», destacó.
Ortega aseguró que el nuevo régimen redunda en «beneficio de la ciudadanía, porque hay muchos trámites para permisos de construcción o rehabilitaciones de locales industriales y comerciales que muchas veces demoran meses, debido a que se demora en lograr que pueda concurrir un profesional a realizar la inspección».
La comuna se «establecerá un mecanismo de control para verificar el cumplimiento de la veracidad de lo declarado por el profesional particular».
Por otro lado, la Intendencia aprobó una modificación en el Digesto Municipal que refiere a los permisos previos para la realización de espectáculos públicos, donde se especifica «con mayor precisión» cuál es la documentación que la persona que se presenta ante la IMM solicitando el servicio debe aportar en el momento de la solicitud a efectos de «evitar equívocos o demoras», indicó Adolfo Pérez Piera, director de la División Jurídica.
El permiso municipal deberá gestionarse ante el Servicio Central de Inspección General con una antelación no menor a 48 horas previas a la realización del espectáculo y deberá estar acompañado de fotocopia de inspección de Bomberos; declaración jurada de poseer medios de defensa contra incendios; constancia de iniciación del trámite de la habilitación municipal del local, de habilitación de alumbrado de seguridad y ventilación mecánica; habilitación bromatológica, solicitud de fijación de capacidad, certificado notarial y planos del local.
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