Tribunal de Cuentas observó desprolijidades en Canelones
Este documento del TC fue elevado el pasado viernes al plenario de la Junta Departamental, donde –tras una serie de intervenciones de curules encuentristas– fue aprobado por todos los ediles colorados y blancos presentes en sala».
Según consta en el citado informe, al que tuvo acceso LA REPUBLICA, el TC dictó su resolución el pasado 27 de octubre de 1999 y siete días después fue enviado a la secretaria de la Junta Departamental de Canelones, Daniella Olivar.
El organismo de contralor señala que el detalle presentado oportunamente por la administración municipal «no permite una comparación entre lo previsto y lo ejecutado en unidades físicas y monetarias».
Dentro de los «resultandos», indica que en los diarios oficiales del Ejercicio 1998 se publicó una serie de resoluciones y el decreto número 76/998 «relativo a modificaciones de tributo, sin requerir el dictamen previo de este Tribunal».
Precisa que los gastos del mencionado ejercicio «ascendieron a $867:072.868″, resaltando que «los excesos de gastos fueron reiterados y comunicados oportunamente por contadora delegada».
«El saldo final de residuos pasivos incluye, entre otros, el adeudo que la comuna mantiene con el Banco de Previsión Social por concepto de aporte al Fondo Nacional de Vivienda correspondiente a los ejercicios 1991, 1992, 1994 a 1997″, expresa. El Tribunal de Cuentas destaca que «el saldo de fondos indisponibles al cierre del Ejercicio ascendió a $46:248.214″, al tiempo que explica que el mismo «incluye, entre otras, las partidas correspondientes al Tesoro Nacional (Espectáculos Públicos) del período 1991 a 1998, Caja Nacional por el período agosto a diciembre de 1998, Comisión Honoraria de Lucha Antituberculosa por el período 1990 a 1998 y Banco de Seguros del Estado de julio a diciembre de 1998″.
Establece que «en el cuadro de evolución de fondos extrapresupuestales se presentan saldos a pagar y a recaudar por $ 33:993.410 y $ 7:281.774 respectivamente», advirtiendo que «entre los saldos a pagar se incluyen los préstamos contraidos con instituciones financieras por U$S 2.489.981″.
«Incumplimientos»
En el capítulo de las consideraciones, el TC expresa que la información presentada por la Intendencia Municipal de Canelones (IMC) en materia de la ejecución de obras «cumple sólo parcialmente con lo exigido por el Numeral 1 del Artículo 110 del Tocaf», mientras que la Junta Departamental «no se ajustó a lo establecido por la Ordenanza Nº 44 de este Cuerpo».
Señala que los «excesos de gastos» verificados en la Junta Departamental «implica que el organismo no ha cumplido con el Artículo 15 del Tocaf que establece que no podrán comprometerse gastos de funcionamiento o de inversión sin que exista crédito disponible, habiéndose cumplido con los mecanismos de observación y reiteración corrrespondientes». «Los fondos retenidos por el Municipio a favor de terceros no fueron vertidos en tiempo y forma a sus destinatarios en su totalidad», observa el Tribunal, señalando además que «el déficit acumulado al cierre del Ejercicio asciende a $ 236:570.949″.
Aclara que dicho déficit «no incluye las deudas con el Banco República Oriental del Uruguay por el convenio por adquisición de maquinaria vial y con la Sociedad Deportiva e Hípica de Las Piedras», así como tampoco «el ajuste por diferencia de cambio por los convenios con el BPS». En el tramo final del documento, el TC destaca que «se comprometieron gastos sin contar con crédito suficiente en los rubros respectivos contraviniendo así lo dispuesto por el Artículo 15 del Tocaf. Dichos gastos, una vez observados por el Ordenador respectivo, circunstancia comunicada a la Junta Departamental en cada caso».
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