ABOGADA

Michelle Suárez indagada por incumplir suspensión del ejercicio de abogacía

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) comunicó al fiscal de Corte y procurador general de la Nación, Jorge Díaz, el presunto incumplimiento por parte de la abogada Michelle Suárez, del dictamen que le suspendió el ejercicio de su profesión, tras ser procesada por diversos delitos.

MICHELLE

El Poder Judicial informó este jueves 25 de octubre que puso en conocimiento del fiscal Díaz, que una investigación realizada para el programa “Las cosas en su sitio”, emitido por Radio Sarandí, refirió al “presunto incumplimiento” de la abogada Michelle Suárez del dictamen judicial que determinó su suspensión en el ejercicio de su profesión hasta el 18 de agosto de 2020.

La ex senadora del Partido Comunista fue procesada por varios delitos de “falsificación y alteración de documentos, estafa y falso testimonio”, según resolución del juez letrado en lo Penal de 1º Turno de Atlántida, Marcos Seijas.

Debido a su estado de salud, Suárez cumple prisión domiciliaria y solamente está autorizada a abandonar su lugar de residencia para efectuar controles médicos, recordó la Corte de Justicia a través de un comunicado.

El  máximo organismo judicial recuerda también que que la Ley Orgánica de la Judicatura y de Organización de los Tribunales Nº 15.750 faculta a la Suprema Corte de Justicia para “corregir disciplinariamente a los abogados y suspenderlos en el ejercicio de su profesión en caso de procesamiento ‘por delito doloso o ultraintencional’”.

Suspensión

La SCJ indica que a efectos de que el usuario de los servicios de Justicia “conozca cuáles son los abogados habilitados para el ejercicio de la profesión y cuáles son quienes han sido suspendidos en su ejercicio, se ofrece gratuitamente un servicio de consulta en línea a través del sitio web oficial www.poderjudicial.gub.uy”.

Al consultar dichos registros, “se puede advertir que la abogada Michelle Suárez prestó juramento para ejercer la profesión en junio de 2011, y fue suspendida en sus fueros por el plazo de dos años, según surge de la resolución de fecha 20 de julio del corriente”, indica la Corte de Justicia.

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