El BPS otorgó U$S 142: menos a jubilados y pensionistas en 2003

Menos beneficiarios, menos prestaciones

De acuerdo con un informe de la Asesoría Económica y Actuarial del BPS, pudo comprobarse que el BPS aporta cada año menos dinero para las prestaciones y disminuye el número de beneficiarios. Existen determinadas reglas que restringen el acceso a una pasividad, y condicionantes que hacen dificultoso poder obtener el derecho social.

Los jubilados recibieron U$S 109 millones menos si se compara el año 2003 con 2002, los pensionistas 24 millones y los pensionistas por vejez e invalidez 7 millones menos.

El director del BPS, en representación de los trabajadores, Ariel Ferrari, explicó que las exigencias para obtener una prestación son cada vez mayores, y a modo de ejemplo citó los topes que se fijan para acceder a una discapacidad. No obstante, recientemente se dio un precedente sobre un caso puntual que lleva a la esperanza a muchos discapacitados a quienes se les negó una pensión o a quienes pretendan obtenerla en un futuro

El jerarca del BPS explicó que los topes aplicados en el organismo previsional para las distintas prestaciones, tanto los sectores de activos y pasivos son permanentemente criticados. Esto es así para los topes máximos pero también para los mínimos «que son excluyentes a la hora de solicitar un derecho».

Algunos de estos topes son implantados por la ley, y otros por el propio Directorio del BPS.

Enfatizó que los topes que miden la línea de indigencia fijados por el BPS, son una limitante para aquellos que siendo discapacitados y considerándolos discapacitados el mismo banco, por los ingresos de su núcleo familiar -convivan o no con él-, impiden el cobro de pensión por invalidez.

Este límite es de 3 Salarios Mínimos Nacionales para los que conviven con familiares o 5 si no conviven con ellos.

Ferrari argumenta que siendo el SMN una variable de ajuste que no acompaña la inflación, lleva a que hoy, teniendo en cuenta de esto, la variable está a una tercera parte del valor que debería estar.

«Es así que a personas que llegan a tener un 80% o más de discapacidad, por los ingresos de su núcleo familiar, el Directorio les ha negado el derecho», sostuvo.

El director recordó que en más de una oportunidad planteó la modificación de los topes, no encontrado la voluntad expresa para cambiar la resolución que el propio Directorio tomó.

«Hoy, encontramos la razón a nuestro planteo en la resolución Nº 391 del 3 de setiembre de 2003 del Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) que declaró nula la resolución, que en un caso tomó el Directorio, de no darle la prestación a una persona discapacitada porque los ingresos de sus familiares superaban los topes impuestos», explicó Ferrari.

El organismo fundamentó que la ley no requiere para conceder las pensiones por invalidez, analizar la situación de indigencia de los familiares a los que dice el BPS.

Para el director, el designio y el propósito del beneficio es atender la imposibilidad de una persona que por su discapacidad, muchas veces no tiene posibilidad de valerse por sus propios medios.

Ferrari entiende que si bien la declaración del TCA da respuesta a un caso puntual, a través del mismo se debería generar jurisprudencia o aceptarse como un antecedente «para de una vez por todas, modificar estos injustos topes».

Informó que muchas veces se reclama la pensión alimenticia por vía judicial, cuyo trámite es hecho por el BPS, cuando lo acepta el discapacitado que solicitó la pensión. Los fallos en general o mayoritariamente son negativos a retenerle la pensión a sus familiares, porque son personas que en su inmensa mayoría tienen ingresos menores a $ 10 mil. En ese caso, el que debe de pagar la pensión es el BPS y no el familiar que argumenta su imposibilidad a que le retengan la pensión. *

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