Veto parcial a extensión de la asignación familiar
El Poder Ejecutivo observó de manera parcial el proyecto de ley sancionado por el Poder Legislativo, referido a la extensión de la asignación familiar.
El artículo quinto del proyecto –que regula los requisitos para el otorgamiento y el mantenimiento de la percepción del beneficio–, confiere en su literal B) la atribución de reglamentar la asistencia y los controles del beneficiario a los institutos docentes y de asistencia médica, al Banco de Previsión Social.
«Sin embargo, el artículo 168°, numeral 4) de la Constitución de la República reserva para el Poder Ejecutivo la atribución de reglamentar las leyes, por lo cual el dictado de los reglamentos especiales para el cumplimiento y ejecución de las mismas es materia reservada de este Poder», explica el gobierno en la fundamentación de la observación. *
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