Ejecutivo fijó tope de inversiones y gastos
Tal como lo anunció a fines del año pasado y en febrero pasado durante el Consejo de Ministros, el presidente Jorge Batlle emitió ayer los decretos que fijan los topes máximos de ejecución de inversiones y de gasto para la administración central.
En el decreto referido a los topes de ejecución de inversiones, el mandatario explica que «se estima imprescindible adoptar medidas adecuadas a efectos de no superar el máximo de déficit fiscal para el Ejercicio 2004″.
«La distribución de los topes ente los diferentes proyectos de cada Inciso y sus eventuales modificaciones, será aprobada por el respectivo jerarca, previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. A tales efectos, antes del 31 de marzo de 2004, deberá presentarse ante esa Oficina el respectivo proyecto de distribución. En los Incisos 10 y 14 (Ministerio de Transporte y Ministerio de Vivienda), la distribución del tope asignado, no deberá implicar la reducción de las partidas de inversiones destinadas a las Intendencias del Interior», agrega la norma.
El Poder Ejecutivo, en acuerdo con el Ministerio de Economía y Finanzas y previo informe favorable de la OPP, autorizará dentro del límite presupuestal «las inversiones que superen los topes máximos señalados, cuando se verifique que generan ahorros para el Estado y que su financiamiento es compatible con la programación financiera».
En cuanto a los topes de ejecución de gastos, se afirma que «en un contexto de políticas de reducción del déficit fiscal, el Poder Ejecutivo considera necesario definir límites máximos que contemplen similares niveles de ejecución del ejercicio 2003 y que permitan un adecuado funcionamiento de sus dependencias. En este caso también se faculta al Ministerio de Economía y Finanzas para que, «por resolución fundada y previo informe favorable de la Contaduría General de la Nación, autorice dentro de los límites de los créditos presupuestales, una ejecución superior a los topes señalados, cuando se verifique que ella genera ahorros para el Estado y que su financiamiento es compatible con la programación financiera, sin perjuicio de lo dispuesto en normas específicas». *
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