Myra Tebot inició ejecución por U$S 400.000 contra LA REPUBLICA
La decisión de embargar e iniciar el juicio ejecutivo ante el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil de Segundo Turno, fue adoptada por la gerente general, a sabiendas de que el juicio no puede tener andamiento ya que el artículo 91 del Código Tributario impide la ejecución si existe en trámite la acción de nulidad contra la resolución que se pretende ejecutar.
Es de público conocimiento y así lo ha hecho saber por todos los medios de comunicación posibles que Reg SA, editora del diario LA REPUBLICA, recurrió en tiempo y forma ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo los tres avalúos ilegítimos que la gerente Myra Tebot dictó contra el diario plural en clara desviación de poder.
Es por todos conocida su implacable decisión que notificó a no pocos sorprendidos jerarcas del BPS: «No pararé hasta cerrar LA REPUBLICA».
Cuando por la fuerza incautó documentación cuya interpretación distorsionó hasta lo indecible, llegando incluso a gravar partidas que no están gravadas como los salarios vacacionales, o gravar préstamos a trabajadores como si fueran salarios, o adjudicar como si fuera un salario permanente el salario del cronista que sólo trabaja para cubrir zafralmente el carnaval, entre las decenas de irregularidades, detectadas y desoídas, LA REPBULICA sabía que se enfrentaba a una lucha desigual contra un poder omnímodo y desviado de sus fines.
Tal era su obsesión por cerrar LA REPUBLICA, que la señora Tebot rozó con su conducta la ilicitud de violar el secreteo bancario y utilizar esa información en forma distorsionada para completar su irracional avalúo, carente de toda legitimidad.
No sabía LA REPUBLICA que también, como coronación de su persecución política contra un diario libre, la gerente general pergeñaba la declaración de conjunto económico de nuestro diario con otras 46 empresas, intención que culminó con el más grande papelón jurídico realizado por el BPS, cuando 4 catedráticos convocados por el propio organismo emitieron un contundente dictamen de ilegalidad que obligó al Directorio a revocar su propia decisión.
En su fracaso, Myra Tebot arrastró en el papelón a los directores colorados que fueron los únicos que la siguieron en sus desvaríos.
La opinión pública conoce esta campaña de persecución política contra un órgano de prensa, campaña que no registra antecedentes en la historia jurisdiccional del BPS.
Lo que aún no conoce la opinión pública es el grado de inescrupulosidad con que se lleva a cabo esta campaña, abriendo ahora Myra Tebot un nuevo frente contra el diario LA REPUBLICA, apelando a una nueva desviación de poder y abuso de los fines para los que fue nombrada.
Para embargar y ejecutar a LA REPUBLICA, engañó a la Justicia, ocultándole que las sumas reclamadas habían sido oportunamente recurridas ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, donde se pidió la nulidad de los tres avalúos y la suspensión de los tres actos del organismo.
El artículo 91 del Código Tributario es claro al respecto: si el acto administrativo fue recurrido ante el CAT se suspende el juicio ejecutivo.
Y el acto, más bien los tres actos, fueron recurridos ante el CAT, mucho antes que Myra Tebot iniciara el embargo y juicio ejecutivo. Por lo tanto, Myra Tebot no tenía derecho a ejecutar a LA REPUBLICA.
Y no puede alegar que inició acción ejecutiva para protegerse de la posibilidad de disminución de los activos del diario, ya que anteriormente y en este caso, sí, con legalidad, había solicitado y obtenido el embargo genérico como medida cautelar.
Intenta ejecutar a LA REPUBLICA para destruirla porque sabe que el diario va a pagar sus deudas reales y el embargo genérico va a ser levantado.
Pero también sabe que LA REPUBLICA no va a pagar lo que no le corresponde abonar, ya que lo que pretende ejecutar se encuentra a resolución del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, quien resolverá en definitiva y a quien parece no respetar en lo más mínimo.
Para que su acción ejecutiva fuera admitida, ocultó a la sede judicial que los tres avalúos estaban recurridos ante el CAT, a sabiendas de que LA REPUBLICA no podía abonar el impuesto a las ejecuciones para presentar un escrito señalándole al juez la omisión de la representante del BPS, omisión que a la postre permitió la admisibilidad de la demanda.
En efecto, existe desde hace algún tiempo, un impuesto sobre el que LA REPUBLICA ya editorializó y calificó como inconstitucional, que deja indefensos a los deudores en juicio.
Ese impuesto implica que para que LA REPUBLICA pueda presentar un escrito de tres líneas diciéndole al juez que suspenda el juicio ejecutivo presentado por el BPS porque ha sido recurrido ante el CAT, el diario debe abonar más de $ 150.000 por la presentación de esas tres líneas.
Como una empresa en concordato no puede erogar esa inmensa cifra sólo para informar lo que debió informar el propio BPS a la Justicia, no pudo LA REPUBLICA presentarse y quedó indefensa en manos de una clara desviación de poder.
El BPS, a través de su gerente general, Myra Tebot, agravió éticamente al organismo que dice representar y añadió una arbitrariedad más a la larga lista de ataques arteros contra un diario que defiende la libertad de expresión de toda la sociedad uruguaya.
A sabiendas de que LA REPUBLICA no podía abonar el impuesto para informarle al juez que no correspondía la ejecución porque estaba recurrida, la gerente general vuelve a engañar al Directorio del BPS y lo involucra en una nueva arbitrariedad.
Esta situación encuadra típicamente en lo que jurídicamente se denomina «abuso de derecho». Está tipificada en el artículo 1321 del Código Civil que dice que «El que usa de su derecho no daña a otro con tal que no haya exceso de su parte».
Aquí no hay duda de que nuevamente lo hubo. *
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