TRANSFERENCIAS  

Gobierno decreta que dinero de transferencia de deportistas se someta a controles

El gobierno decretó que las transferencias de deportistas deberán ajustarse a derecho y que la circulación del dinero de cada operación sea sometido a los controles correspondientes en cumplimiento de las normas nacionales y los compromisos asumidos por el país ante organismos internacionales.

poder-ejecutivo1El Poder Ejecutivo emitió un decreto sobre las transferencias de los deportistas profesionales, con la finalidad de “organizar y transparentar” las transacciones.

A través de su decreto, el gobierno prohíbe a todas las instituciones afiliadas a las asociaciones o federaciones deportivas reconocidas oficialmente o a cualquier otra institución con personería jurídica inscripta en el registro respectivo, a “realizar cualquier tipo de cesión de derechos sobre la prestación de la actividad laboral de un deportista a favor de personas físicas o de instituciones sin personería jurídica reconocida por el Estado”.

También establece que las federaciones deportivas deben velar por la observancia de los delitos antideportivos y en caso de constatar incumplimientos podrán sancionar en forma administrativa hasta con pena de “desafiliación”.

Declaración jurada

Otro de los aspectos del decreto es que los clubes, previamente a efectuar la transferencia de un deportista “deberán presentar ante la Secretaría Nacional del Deporte la declaración jurada de los detalles de la operación”.

Esta documentación posibilitará “identificar con claridad cada una de las partes intervinientes en la transacción, los montos de dinero, su origen, destino y distribución entre las partes, así como, las cuentas desde las cuales se opera”.

Asimismo se indica en el decreto presidencial, que los clubes profesionales deberán registrar anualmente en la Secretaría Nacional del Deporte sus balances aprobados. Dicho registro deberá efectuarse dentro de los 90 días posteriores a la aprobación por parte de la asamblea ordinaria correspondiente.

El hecho de disponer de los balances de cada institución “permitirá acceder a la información necesaria para verificar las entradas y salidas de los fondos procedentes de cada transferencia y confirmar que la información se corresponde con el contenido de las declaraciones juradas presentadas oportunamente”, se indica.

El decreto apunta a “establecer las condiciones necesarias para que las transferencias se ajusten a derecho y que la circulación del dinero de cada operación pueda ser sometido a los controles correspondientes en cumplimiento de las normas nacionales y los compromisos asumidos por el país ante organismos internacionales”.

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