Delega en OPP determinar si existe mérito para observación
La Asesoría Jurídica del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (Mvotma), emitió un dictamen más tenue respecto al desempeño de Pérez Montero, aunque expresa que «de verificarse que realizó actos funcionales propios de su cargo en la OPP luego de haber hecho reserva del mismo, estaríamos ante una desatención a la suspensión en el ejercicio del cargo que dicha norma establece», señalando que corresponde a la OPP determinarlo, y al Poder Ejecutivo definir si existe mérito o no para aplicar una observación.
En el marco del análisis del asesor letrado del Mvotma, Héctor Martínez Amestoy, se manifiesta que «se ha cuestionado que dicha funcionaria, luego de ejercer dicho derecho y asumir la Presidencia del BHU, habría participado en reuniones de la Comisión de Contralor de Concesiones de OSE en representación de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto».
«De ser ello cierto, a juicio del suscrito se habría configurado una suerte de ultraactividad del ejercicio del cargo en la OPP no autorizada legalmente, pues la norma legal comentada impone la suspensión en el ejercicio del cargo», sostiene el informe.
Agrega que «en ese sentido, y sin perjuicio de destacar que no se trataría tampoco de una hipótesis de conflicto de intereses (ya que no hay contraposición con el Banco que preside), sí se verificaría un incumplimiento a la suspensión en el ejercicio del cargo que la ley prevé».
Como conclusión, Martínez Amestoy expresa que «el caso dispuesto no vulnera lo dispuesto por el artículo 200 de la Constitución; la reserva del cargo en la OPP considerada en sí misma, es el mero ejercicio de una previsión legal; y de verificarse que realizó actos funcionales propios de su cargo en la OPP luego de haber hecho reserva del mismo, estaríamos ante una desatención en el ejercicio del cargo que dicha norma establece».
Puntualiza que «la determinación de esos hechos corresponde a la OPP», y «de acuerdo a las resultancias de esa instrucción, el Poder Ejecutivo se hallaría en condiciones de determinar si existe mérito o no para aplicar una observación». *
Compartí tu opinión con toda la comunidad