Fulminante separación del cargo del fiscal de Corte Peri Valdez
El martes, Peri denunció ante el presidente Jorge Batlle que el ministro Guzmán lo perseguía y le reclamó al mandatario que respondiera rápidamente ante esta situación. Batlle analizó el tema ese martes, el miércoles y ayer por la mañana con Guzmán, momento este en el que tomó la decisión final. Previamente se informó del hecho al ex presidente Julio Sanguinetti, quien impuso en el cargo a Peri durante su segundo mandato.
Por la tarde, Guzmán y el subsecretario Daniel Berbejillo brindaron una conferencia de prensa en la que anunciaron que el Ejecutivo resolvió instruir un «sumario con separación preventiva del cargo y retención de medios sueldos» a Peri Valdez. El sumario estará a cargo de la directora general del Ministerio de Educación, Rosario Fernández, y será asesorada por el ex vicepresidente de la República, Gonzalo Aguirre. Asimismo, el lugar de Peri será ocupado de manera interina por Marcelo Brovia, el fiscal civil de más antigüedad.
Guzmán explicó que la resolución que se tomó no forma parte de «una puja de personas (tal como lo sostuvo Peri). Esto es el sometimiento de un conjunto de actos al análisis de derecho que el propio derecho establece. No ha sido éste un enfrentamiento personal», reiteró, y aseguró que en el país, porque hay una «costumbre» de «convertir todo en Peñarol y Nacional, hizo que durante los últimos días se presentara esa clase de esquema».
El ministro aseguró que se debe «cumplir con el deber: si se acumulan indicios severos de irregularidades o ilegalidades, en cualquier oficina pública se procede como se hizo en este caso: cometer un sumario».
La resolución del Ministerio de Educación analiza once expedientes en los que se examina la gestión de Peri Valdez en la Fiscalía de Corte. De todas estas actuaciones, la Secretaría de Estado entiende que hubo un «exceso de poder» por parte del fiscal.
«Cualquiera sea nuestra jerarquía, los servidores del Estado sólo podemos realizar como acto de gestión funcional aquello para lo cual se nos confiere expresamente ese específico ‘poder-deber’ que constituye la competencia orgánica.
Y cualquiera sea la ubicación en un organigrama, la definición de las facultades de cada órgano -en todos los casos, y muy especialmente si su misión se vincula a los derechos humanos- debe formularse mediante asertos deónticos cuya expresión lingüística permita controles intersubjetivos», se sostiene en la resolución.
Se afirma además que «es esencialmente incongruente que desborde y transgreda la regla de Derecho el jerarca mayor de un servicio que tiene por finalidad de su gestión -rectius: por misión- aplicar y defender la legalidad».
Agrega que: «distorsiona la esencia de la función que se incurra en sucesivas acciones observables, con lo que primariamente aparece como un factor común, el exceso de poder a veces conceptualmente desarrollado y otras veces puesto de manifiesto de hecho», y es «deber incondicionado del Estado custodiar la imperatividad efectiva de la normativa institucional».
Además, el Ejecutivo indica que «las resultancias de los expedientes acumulados se inscriben en un contexto de múltiples quejas planteadas verbalmente por varios señores Fiscales. Ello es relevante, ya que los jerarcas debemos custodiar minuciosamente la independencia técnica y el fuero funcional de cada Magistrado, pues es en la personalidad y la conciencia de cada Fiscal que se expresan los valores y la actividad del Ministerio Público y Fiscal todo, por lo que es en ese ámbito -sagrado y no sujeto a más rituales que los que marca la ley- donde finca una de las más altas garantías del Derecho.
Del contexto resultan además, sucesivos cuestionamientos públicos, surgidos del Poder Judicial y de la prensa. También, de anteriores Ministros de Educación y Cultura». *
Compartí tu opinión con toda la comunidad