Peri estudia con su abogado respuesta a la "observación severa" del ministro Guzmán

En el escrito del Ministerio de Educación y Cultura (MEC) en que se observó «severamente» al fiscal de Corte y procurador general de la Nación, Oscar Peri Valdez, se le acusa de incurrir en falacia de falsa precisión y de omisión formal en cuatro certificaciones. Consultado por la observación, Peri Valdez informó que no hará comentarios al respecto y que su representación procesal estará a cargo del ex presidente de la Suprema Corte Raúl Alonso de Marco.

Según la resolución del MEC, «se configura omisión formal en cuatro certificaciones que se acompañan, tanto en la copia introducida con fecha 7 de julio de 2003 como en el original remitido el 15 de mayo de 2003 –fecha esta que luce equivocada en la primera foja, pues indica el año 2002, aún cuando la resolución lleva correctamente número ordinal de 2003. Que al describir el señor fiscal de Corte el procedimiento por el cual llega a ejercer sus facultades para proponer fiscales, es imperativo examinar la pertinencia legal del trámite».

«En las fojas que componen cada ‘resumen’ –agregadas sin foliatura unificada– no luce ni firma ni sello ni identificación del titular de «la Secretaría Administrativa de la Fiscalía de Corte y Procuradoría General de la Nación» que supuestamente ‘certifica.

Tampoco hay en esas fojas –ni en cada una ni en la última– firma responsable alguna. La facultad de certificación es estrictamente reglada y formal. La emisión por un órgano con alta especialización en servicios jurídicos, de cuatro sucesivas sedicentes certificaciones que se elevan al jerarca en condiciones que no ser permitirían a la más modesta oficina, merece de este Ministerio severa observación al títular de la Secretaría Administrativa supuestamente certificante -que ni firma ni se identifica, pero se determinará por la Dirección General– y al doctor Oscar Peri Valdez, en su condición de jerarca que adjuntó un ‘material documental’ que supuestamente ‘certifica’ páginas editadas por computadora, sin responsable de que respalde la autenticidad o la fe pública pretendidas. Ambas severas observaciones con anotación en la foja de servicios», añade el escrito.

También se indican reparos al «proceso objetivo y técnico de evaluación», puesto que, entre otras cosas, «comenzar el trámite interno por ‘el ofrecimiento de las Fiscalías Letradas Departamentales’ a los ‘Fiscales Letrados Adjuntos y Secretarios Letrados que revistan en Fiscalías Letradas Nacionales Penales y Fiscalías Departamentales’, limitando la ‘evaluación global de los méritos y antigüedad calificada’, sólo a los ‘Secretarios Letrados aceptantes’´, reduce el campo de selección a quienes ofrezcan su voluntariado, lo cual se aparta de la apreciación de las necesidades objetivas del servicio como línea rectora de las designaciones, que en toda la Administración, y especialmente en la magistratura- distinguen por sus talentos y virtudes a funcionarios que no se sentían candidatos a promoción alguna o que encuentran incómodos ciertos destinos». También que «describir genéricamente un procedimiento internamente aplicado – a partir, por lo que se relata, de resoluciones y no de leyes ni decretos- y comunicar sólo el resultado del proceso evaluatorio antes reseñado’ –Resultando VI–, sin remitir al Poder Ejecutivo –titular de la potestad de designar, trasladar y promover y sin siquiera identificarlos, es incurrir en falacia de falsa precisión.

Fuentes del MEC contactadas, señalaron que esta no es la primera ni la única observación legal a Peri Valdez. *

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