La jueza resolverá mañana la situación procesal de Maeso y Kneit; el fiscal pidió procesamientos
El contador Julio Kneit y la doctora Cristina Maeso fueron acusados de violencia privada por los representantes legales en Uruguay de la empresa internacional de alimentos Royal Ahold a raíz de que la pareja de profesionales los acusaba por todos los medios incluyendo al prensa y cartas a la empresa dirigidas de estar en connivencia con el grupo financiero Peirano al haberle salido de garantía en un operación que resultó mal y que hundió a los Peirano arrastrando así el dinero que los ahorristas depositaron en las empresas de la familia Peirano.
Esta presunta connivencia llevo a la pareja de profesionales Kneit-Maeso a promover por todos los medios su causa incluyendo la presentación de cartas regulares a la empresa indicándoles los perjuicios que le causaría un escándalo público al sabérseles vinculado con el desfalco Peirano.
El anuncio simple de las acciones a realizar por estar basadas en un derecho exigible no son de por sí delito, pero puede ser delito, ahora a consideración de la juez doctora Canessa el que las cartas fueran demasiadas, permanentes, intimidatorias y contuvieran plazos pautados por los firmantes y la permanente alusión al escarnio público por la presunta connivencia entre la empresa Royald Ahold y el grupo Peirano.
El texto y contexto de las cartas de los representantes de los ahorristas del Banco Montevideo, doctora Maeso y contador Kneit llevaron al grupo a denunciar en Uruguay y por la ley uruguaya a los mencionados Kneit Maeso por violencia privada.
Este delito se pena con de tres meses de prisión a tres años de penitenciaría.
El día viernes 10 la jueza penal de Sexto Turno decidirá si el procesamiento que pidió el fiscal Eduardo Fernández Dovat es compartido o desestimado de acuerdo a su criterio.
El fiscal ha dicho, «mi corazón los comprende pero la ley los condena» y «yo actúo de acuerdo a la ley».
Si el procesamiento se comparte y la pareja de profesionales es procesada por violencia privada la defensa puede argumentar que es una «legítima defensa incompleta», figura jurídica que aun en casos como éste es esgrimible pues los representantes de los ahorristas al sentirse amenazados de forma cierta por la empresa internacional de alimentos iniciaron una ofensiva que incluyo las acciones excedidas que ahora los llevan al borde de la cárcel.
El procesamiento, si ocurre, decretado por la jueza Canessa será con una pena menor al máximo, por la cantidad de atenuantes teniendo en cuenta que se trata de un fin loable (defensa de intereses de sus representados ahorristas defraudados) y por eso recaerá una pena que no implique prisión.
En esa hipótesis y de ser apelada la decisión de la jueza Canessa, será el Tribunal de Apelaciones en lo Penal quien decida si se aplicó bien o no el derecho en este caso, confirmando la sentencia o revocándola. Si la confirma los procesados Maeso-Kneitt pueden ser beneficiados por la gracia de la Corte. La jueza Canessa debería informar a la SCJ por Acordada 7225, si su sentencia no es apelada y en tres meses la SCJ estaría viendo el caso. En octubre se produce la visita de Causas y Cárceles oportunidad en que la SCJ puede concederles la gracia y con eso la clausura de la causa.
Si fuera apelada la sentencia por los hoy indagados Maeso y Kneitt, el trámite de ida y vuelta al Tribunal no lleva menos de 6 meses y mientras tanto Maeso tiene sus derechos cívicos suspendidos, o sea no puede continuar con su campaña para presidenta. *e
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