En el Senado fue modificado y ya tenía la aprobación de la rama baja

Diputados de todos los sectores critican modificaciones al Código de la Niñez

Luego que Diputados aprobó por amplia mayoría hace dos años el proyecto que modifica el Código de la Niñez y Adolescencia, el mismo pasó a la Comisión de Constitución y Códigos de la Cámara de Senadores, la cual creó un subgrupo para trabajar sobre el texto inicial.

Sobre fines de diciembre pasado, los integrantes de dicho subgrupo de labor senatorial citaron a los integrantes de la Comisión de Constitución y Códigos de Diputados para analizar conjuntamente el comparativo, argumentando que las modificaciones al proyecto aprobado en la rama baja eran «de forma».

Legisladores del Encuentro Progresista Frente Amplio, Nuevo Espacio y Correntada Wilsonista alzaron sus voces discordantes y manifestaron que no acompañarían las modificaciones realizadas en el Senado.

Asimismo, exhortaron a los senadores a que aprobaran el texto sancionado en Cámara de Representantes porque el mismo había sido «acordado como fruto de negociaciones».

Por su parte, diputados de la izquierda entienden que las modificaciones propuestas por los senadores principalmente nacionalistas, «son de fondo, porque se vuelve prácticamente a la concepción decimonónica del código vigente que no tiene nada que ver con la convención de Derechos del Niño».

Por su parte, los senadores propusieron a los diputados crear un grupo de trabajo compuesto por legisladores de ambas ramas parlamentarias para comenzar a trabajar a partir de febrero próximo.

Desde la izquierda también se adelantó que no aceptarían las modificaciones, «porque se trata de un retraso muy grande».

La diputada Margarita Percovich (Vertiente Artiguista) señaló su malestar con las modificaciones que se le han introducido en comisión del Senado al proyecto del Código de la Niñez y Adolescencia.

Sostuvo que las normas sancionadas en la rama baja suponen «una puesta al día» del derecho que regula los temas relacionados con la niñez y la adolescencia, y que desde su denominación «el mismo se adapta a las previsiones de la Convención Internacional de los Derechos de Niños y Adolescentes» aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1989.

Consideró que en la filosofía que inspira al nuevo Código se encuentra la superación del concepto de «menor» sustituido por el de «niño y adolescente», y el reconocimiento de estos no ya como «objetos de derecho» sino como «sujetos de derecho».

Resaltó que no se trata de «un mero cambio de denominación sino de toda una concepción que se va produciendo como consecuencia de cambios sociales, económicos y culturales surgidos durante las últimas décadas».

La legisladora encuentrista subrayó que en el proyecto sancionado en Diputados «se establece el reconocimiento del interés superior del niño como el principio que debe regir e inspirar cualquier decisión que se tome sobre un niño o adolescente».

«El texto original aprobado por la Cámara de Representantes abandonó la teoría de la tutela del viejo Código de 1934, donde se lo considera un incapaz y elimina la confusión entre menor infractor y menor abandonado», consideró.

Para Percovich, la concepción total varía al establecer que «el niño debe ser oído, tiene derecho a opinar, debe tener un defensor y debe privilegiarse su pertenencia a la familia biológica».

Discrepancias

El texto aprobado en Diputados agregó «la perspectiva de género, los temas del maltrato y abuso pero dejó una gran discrecionalidad a los jueces e instituciones».

En tanto, las modificaciones efectuadas en el Senado eliminan la obligatoriedad de oír al niño o adolescente.

Por otra parte en varios artículos se reitera la designación de «curador» en vez del «defensor» insistiendo en la «incapacidad del niño»

En Diputados se introdujo un artículo que determina que el Juez debía fundamentar la no aplicación de medidas cautelares para evitar la aplicación de la privación de libertad. La modificación del Senado «va en el sentido opuesto, pidiendo al Juez que justifique la aplicación de medidas alternativas».

Por otra parte se establece la destrucción de los antecedentes al cumplir los 18 años, «con lo que se llega a la incongruencia de tener niños y adolescentes con antecedentes y adultos limpios».

Las modificaciones introducidas en el Senado manifiestan la intención de disminuir la importancia de la familia de origen en todo el capítulo de adopción, «dejando en manos administrativas las decisiones de entrega del niño en adopción, con una concepción claramente de bienestar económico por sobre los afectos y referencias culturales».

Asimismo, según la legisladora encuentrista, el Senado «vuelve a la diferenciación entre hijo natural y legítimo, concepto que expresamente se había eliminado en Diputados».

También se vuelve al sorteo para la designación del nombre eliminando los derechos de la madre adolescente de definir el nombre y apellido, dejándolo en manos administrativas en algunos casos. *

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