Tribunal de Cuentas respalda actuación de Fuerza Aérea en licitación por uniformes

El Tribunal de Cuentas se expresó favorable a la actuación del Comando General de la Fuerza Aérea Uruguaya referentes a la Licitación Pública N°247/2003 para el suministro de Uniformes y Prendas de Vestir para el Personal de la Fuerza Aérea, aunque observó el gasto de $ 781.121 a favor de la firma Lancer SA, por no ajustarse al pliego de condiciones de la licitación, ya que establece intereses moratorios en el caso de atraso. En la resolución tomada recientemente por el organismo de contralor se expresa que a la licitación se presentaron cinco ofertas: Lancer SA, Fiorella y Cía., Mobetol SRL, Fristol SA e Iberfix SA.

Las cotizaciones, que se efectúan en moneda nacional, establecen fórmulas de reajuste de precios y Lancer SA señala que en caso de que el pago se efectúe con posterioridad a los 365 días de facturado se aplicará el máximo de recargo admitido por la Dirección General Impositiva (DGI). Asimismo, la Comisión Asesora de Adjudicaciones con fecha 17 de noviembre de 2003 recomienda la adjudicación de la mayoría de los ítem por precio o única oferta conveniente a los intereses de la Administración, y desestima en uno de los ítem la oferta de Iberfix SA, por no ser el precio conveniente a la Administración.

Del proyecto de resolución resulta que se adjudica de acuerdo con lo propuesto por la Comisión Asesora de Adjudicaciones a Fristol SA varios ítem por un total de U$S 77.628; a Mobetol SRL por un total de U$S 36.080 y $39.253; a Lancer SA por un total de $ 782.121; Iberfix SA por un total de U$S 18.729; a Fiorella y Cía. por un total de $ 554.691.

En los Considerando del Tribunal de Cuentas se señala que el procedimiento se ajustó a lo establecido por el Artículo 33 y siguientes del Tocaf. Por otra parte, el Artículo 9.3.2 del Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Suministros y Servicios no Personales establece que la obligación de cotizar precios firmes sin ajustes paramétricos de actualización de precios, será incluido en las cláusulas del pliego particular.

También en el caso del Artículo 10 del pliego particular se establece que en la modalidad plazo los precios pueden ser ajustados mediante la aplicación de fórmulas paramétricas o por IPC, no prevé en cambio el pago de intereses moratorios o fórmulas de ajuste en caso de atraso en los pagos.

Otro de los Considerando manifiesta que la firma Lancer SA no se ajusta al pliego de condiciones de la licitación, ya que establece intereses moratorios en el caso de atraso en los pagos. Como consecuencia, el Tribunal de Cuentas observó el gasto de $ 783.121 correspondiente a la firma Lancer SA. *

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