El voto nulo y el voto en blanco

El ministro de la Corte Electoral Wilfredo Penco realizó una serie de precisiones sobre cuándo se está en un caso de voto anulado y cuándo se trata de un sufragio en blanco.

Los casos de anulación de voto y voto en blanco son los siguientes:

-Lo único que se anula es la hoja de votación.

-Si dentro del sobre no se introduce ninguna papeleta, ese sufragio se considera como voto en blanco.

-Es nulo si las papeletas son rotas de forma deliberada, rayadas o acompañadas con algún objeto extraño.

-Si se introducen dos papeletas por alguna de las opciones, se valida sólo una de ellas.

-Se anula todo el contenido del sufragio si aparecen tres o más hojas por una de las opciones.

-Otra opción de nulidad es la introducción de una hoja por el SI y otra por el NO.

-Otra hipótesis es que la papeleta sea doblada de forma deliberada, formando un avión o una flecha.

-La colocación de un objeto extraño sin papeleta alguna es contabilizado como voto en blanco.

-Para alcanzarse la derogación de la ley, se requiere el 50% más uno de los votos válidos. *

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