ESENCIALIDAD

OIT se pronunciará en “no menos de un año” sobre esencialidad según exministra Analía Piñeyrua

La exministra de Trabajo y Seguridad Social, Analía Piñeyrua, minimizó las consecuencias que pueda llegar a tener la denuncia del PIT-CNT ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT)  por el decreto del gobierno sobre la esencialidad  de la educación.

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La exministra de Trabajo y Seguridad Social, Analía Piñeyrua.

Pero además, la exfuncionaria de la OIT, aclaró que, a lo sumo, en un año habrá apenas un pronunciamiento del organismo internacional ya que la organización “no tiene forma de hacer cumplir sus normas por la fuerza”.

Piñeyrua reflexionó en el Informativo de la Asociación de Radios del Interior,  que la medida de esencialidad del gobierno no debe sorprender ya que iniciativas como esta habían sido anunciadas durante la campaña electoral pero además, aseveró, “los dictámenes de la OIT para los gobiernos de izquierda pero también para el PIT-CNT no han tenido el peso moral” que sí tuvo para anteriores administraciones de gobierno.

Según la exsecretaria de Estado, la OIT, realizará entonces en no menos de un año un pronunciamiento diciendo únicamente que la medida del gobierno no fue procedente.

El informe

Según el informe, el decreto de esencialidad establecido por el Poder Ejecutivo “pretende fundarse infructuosamente” en la jurisprudencia de la Organización Internacional de Trabajo. Esto se debe a que, según la Recopilación de Decisiones y Principios del Comité de Libertad Sindical de los años 1996 y 2006, el “sector de la educación” no constituye un “servicio esencial en el sentido estricto del término”.

Sin embargo, sí se consideran como esenciales “el suministro de alimentos a los alumnos en edad escolar y la limpieza de los establecimientos escolares”, fundamentos que utiliza el gobierno, pero que “no son válidos” para el sindicato, porque ya están cubiertos por servicios de emergencia.

De acuerdo a un artículo del diario El Observador, según Isabel Cammarano, una de las abogadas que elaboró el informe, de la propia Ley 13.720 -que reglamenta los pedidos de esencialidad- se desprende que la educación no puede decretarse esencial ya que en consecuencia deberían poder establecerse cuáles son los servicios mínimos a prestar. “En la educación no se pueden cubrir servicios mínimos. Cuál entra, ¿el profesor de Literatura sí y el de Matemática no?”, se preguntó.

Para el gobierno, “las decisiones adoptadas por las organizaciones sindicales comprometen, por su extensión, derechos básicos que tienen su origen en la dignidad y el valor de la persona humana” como es la enseñanza. Y si bien para la OIT, un servicio no esencial puede convertirse en esencial “cuando la duración de una huelga rebasa cierto período” y pone en riesgo la seguridad, vida o salud de la población, para el sindicato de docentes los argumentos del gobierno señalados no son tampoco fundamento para la esencialidad.

“Para que se amplíen los servicios esenciales tiene que haber una crisis aguda nacional”, dijo Cammarano, y explicó además que en los dictámenes del Comité de Libertad Sindical de OIT se establece que “las posibles consecuencias a largo plazo de las huelgas en el sector de la enseñanza no justifican su prohibición”.

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