Abreu presentó proyecto sobre el financiamiento a los partidos
El Directorio del Partido Nacional recibió formalmente ayer la propuesta del ex ministro de Industria, Energía y Minería, Sergio Abreu (Movimiento de Reconstrucción Nacionalista), sobre un proyecto de reglamentación del Financiamiento de los Partidos Políticos.
Cada uno de los directores recibió la propuesta y como forma de jerarquizar la misma, el asunto será analizado exclusivamente en el orden del día de una de las próximas semanas, anunció a LA REPUBLICA el ex diputado Javier García (Propuesta Nacional).
Sobre los objetivos, señala que «los partidos políticos tienen derecho al financiamiento público de sus actividades de carácter electoral, y en forma complementaria a recibir ingresos por aportes de fuentes privadas de financiamiento, cuyos recursos integrarán el patrimonio de aquellos».
Agrega que «la necesidad de una reglamentación legal del tema se justifica como forma de procurar condiciones de mayor equidad en la contienda electoral, y asegurar a los ciudadanos una mayor fiscalización y transparencia sobre el origen y el destino de los recursos financieros manejados por sus partidos políticos».
Entre los objetivos que persigue la iniciativa están el definir las fuentes (públicas del Estado, y privadas) y fija como principio el considerar de interés general que los patrimonios de los partidos políticos se conformen con aportes de carácter público y privado.
Respecto al financiamiento privado, se identifica a los aportes de sus afiliados, las donaciones, legados, y aportes de terceros, el producido de actividades y eventos promocionales sin fines de lucro, las rentas y frutos de su patrimonio, y los demás que la ley destina a su favor.
La norma prohíbe recibir aportes de cualquier naturaleza, ya sea de gobiernos, instituciones, agencias, organismos y partidos extranjeros, de órganos y/o empresas del Estado, de contratistas del Estado, de personas subordinadas o dependientes del Estado. También se obliga a dar publicidad a los aportes y llevar registros contables y recibos de los mismos.
También se establecen sanciones multas y hasta la suspensión de la persona jurídica en caso de violación del régimen legal que serán aplicadas por la Asamblea General, por mayoría especial de 2/3 del total de componentes de cada Cámara. *
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