Caso Blanco: fiscal decidió cambio de carátula del expediente por homicidio
Una vez producido el cambio en la carátula, se activaría a nivel judicial la indagación sobre el paradero de Elena Quinteros y la localización de su cuerpo.
El informe confidencial presentado por la Comisión para la Paz habría sido determinante en la decisión del cambio de carátula. En el anexo II, que contiene las fichas individuales sobre cada detenido desaparecido, constan las conclusiones sobre la suerte de Elena Quinteros, desaparecida en junio de 1976. Según el doctor Carlos Ramela, integrante de la disuelta Comisión, la maestra murió a consecuencia de un disparo efectuado por «los grupos independientes de represión que actuaban en ese momento».
Al conceder la libertad provisional a Blanco, la fiscal Guianze entendió que el informe de la Comisión para la Paz aporta elementos que demuestran la muerte de Quinteros. De este modo, el delito de coautoría de privación de libertad por el que fue procesado Blanco quedó sin efecto, aunque el ex canciller permanece sujeto a proceso judicial.
El abogado de Blanco, Carlos Curbelo Tammaro, sería notificado en esta jornada y dispondría de 5 días para presentar su alegato referido al incidente que él mismo había presentado y en el que solicitó la libertad definitiva y la clausura de las actuaciones judiciales.
La fiscal Guianze deberá presentar su alegato sobre ese incidente y luego el doctor Cavalli resolver. Esa instancia será crucial para la decisión que tome Cavalli de clausurar o continuar con las actuaciones judiciales. En los autos de procesamiento, el magistrado había manifestado que la tipificación de homicidio podía complicar la situación de Blanco. «Si se probara la muerte de esta persona, circunstancia muy probable pero legalmente, se reitera, no probada, cabría preguntarse si la participación delictual del indagado no sería mucho más grave.
Al contrario de lo que pretende demostrar con la prueba de informes solicitada por el Sr. Blanco, esa hipótesis más que exculpatoria, podría agravar seriamente la responsabilidad del indagado», expresó en su sentencia. Respecto a la prescripción del delito cometido en 1976, la defensa de Blanco ha sostenido que éste se extinguió en 1996. Según trascendió ayer, la Fiscal sería partidaria de no computar los años de dictadura, y por tanto, desde este punto de vista, el delito no habría prescripto. *
Compartí tu opinión con toda la comunidad