EXTRANJERIZACIÓN

Gobierno prohibirá compra y tenencia de tierras a Estados extranjeros

El Ejecutivo remitió al Parlamento el proyecto de Ley por el cual establece la “prohibición y tenencia” de tierra a cualquier título con finalidades de explotación agropecuaria en todo el territorio, a empresas extranjeras o instaladas en Uruguay en las que participe directa o indirectamente un Estado extranjero”.

Por una solución similar han optado países como Australia, Nueva Zelanda, Brasil y Argentina.

Evitar la extranjerización de la tierra ha sido una de las ideas que ha manejado el gobierno de José Mujica, desde el comienzo de la administración.

La propuesta en sí comenzó a estudiarse en mayo pasado, y el ministerio de Economía y Finanzas fue el encargado de su redacción.

El proyecto tiene como idea central prohibir la venta y tenencia de tierras a Estados extranjeros, o a empresas de las que sean socios, con destino a la producción agropecuaria.

Según informó el gobierno, el proyecto “no modifica la normativa vigente referida a la inversión externa directa privada”.

Asegurar la soberanía

A través de la exposición de motivos, el gobierno hace referencia a que “en función de la importancia económica del factor tierra para nuestro país, el Estado tiene la responsabilidad de asegurar la soberanía y un impacto positivo de las actividades productivas en el bienestar de los uruguayos”.

También se expresa que en virtud de la “importancia que el sector agropecuario tiene para el abastecimiento en la demanda mundial de alimentos y, debido a que algunos Estados extranjeros participan a través de empresas y fondos de inversiones a fin de dar seguridad alimentaria a sus poblaciones, se hace necesario la revisión y actualización del marco regulatorio”.

Por una solución similar han optado países como Australia, Nueva Zelanda, Brasil y Argentina.

A través de la iniciativa el gobierno propone declarar de “interés general la preservación y defensa de la plena soberanía del Estado uruguayo en relación a los recursos naturales en general y en particular, la tierra”.

En el proyecto también se dispone que la titularidad de inmuebles rurales y las explotaciones agropecuarias no podrán ser ejercidas “por sociedades anónimas o sociedades en comandita por acciones con capital accionario representado por acciones al portador, cuyos titulares sean entidades propiedad de Estados extranjeros o fondos soberanos de los mismos”.

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