Juez define si otorga excarcelación a Blanco
El abogado defensor Carlos Curbelo Tammaro pidió la excarcelación provisional de su cliente, solicitud que puede ser resuelta en esta misma jornada.
A la audiencia prevista para las 13.00 horas, el juez Cavalli citó al abogado de Blanco, y a la fiscal actuante en este expediente, Mirtha Guianze.
Tras conocerse el informe final de la Comisión para la Paz, Curbelo presentó un incidente en que pidió la clausura de las actuaciones y la libertad definitiva de Blanco. Cavalli dio vista del recurso a Guianze, quien entre otras pruebas solicitó que el depositante de la información sobre el caso de Elena Quinteros en la Comisión para la Paz declare para brindar datos de la investigación que realizó ese grupo. Cavalli no hizo lugar a las pruebas pedidas por Guianze y dio a las partes un plazo de cinco días para que presentaran sus alegatos. Guianze presentó un escrito en que reiteró su solicitud de prueba, indicó que si se rechaza la prueba Cavalli ya estaría decidiendo sobre el valor de prueba del informe de la Comisión para la Paz, siendo que en este caso se resolverá sobre la clausura del proceso. Cavalli dio vista nuevamente a Curbelo, quien se allanó y pidió la libertad provisional de Blanco.
En el escrito en que se allana y pide la excarcelación de Blanco, Curbelo señala que su estrategia es terminar cuantos antes «con la injusta privación de libertad que viene sufriendo» Blanco desde hace más de seis meses. «Por esa razón no puede correr el riesgo de que estos autos vuelvan a estar cuatro meses en el Tribunal de Apelaciones, como ocurrió con la recurrencia del auto de procesamiento. En consecuencia se allanará a los recursos interpuestos por la señora fiscal, sin oponerse a la prueba solicitada, por más que la considera innecesaria».
Para Curbelo «todos los magistrados intervinientes, todos, es decir el distinguido proveyente, la señora fiscal y los tres ministros del Tribunal de Apelaciones han mantenido un sugestivo silencio ante el reproche de que han aplicado la ley en forma discriminatoria y en exclusivo perjuicio del doctor Juan Carlos Blanco. Esto es muy claro, porque si la amnistía de la Ley de Caducidad No. 15.848 terminó el día 1 de marzo de 1985 y estamos, como todos los magistrados han coincidido, ante un delito permanente que se estaría cometiendo hasta el día de hoy, aplicar la sanción penal solamente al doctor Blanco es olvidar la generalidad de la norma legal y eso sí que es «desconocer los principios fundamentales de nuestro estado de derecho…» ¿o se precisa ser más claro?»
Curbelo añade que «debe insistir contra la obstinación de los señores magistrados intervinientes, firmes hasta ahora, en mantener la prodigiosa falacia de lo que el catedrático doctor Miguel Langón llamó en forma pública como la aplicación de un Derecho Penal de fantasía». O sea que se ha segudio negando el lamentable fallecimiento de la señora Elena Quinteros, porque esa prueba no ha sido producida «ante el juez con el debido contralor de las partes» (escrito de fiscalía a Fs. 561 y sigtes. numeral II)».
Curbelo solicita la excarcelación provisional de Blanco, entendiendo que «no existe posibilidad de mantener imputación alguna que obste al beneficio de la libertad». *
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