Aunque sigue cuestionando el fallo en el caso del canciller de la dictadura, Juan Carlos Blanco

El Foro dio marcha atrás en sus críticas al Poder Judicial

El sector liderado por el ex presidente Julio María Sanguinetti reiteró ayer a través de la nota principal de Correo de los Viernes, que el caso de Blanco se encuentra comprendido por la Ley de Caducidad.

En la nota se hace referencia a los cuestionamientos que recibió el sector colorado por parte de magistrados y fiscales, por una nota anterior en Correo, en la que se realizaron fuertes críticas a la Justicia por el caso Blanco.

«Hay quienes consideraron que nuestra crítica era un cuestionamiento a la imparcialidad judicial y que refería, genéricamente hablando, a ‘jueces y fiscales’. Quienquiera que leyera el artículo –y así felizmente lo entendió el doctor Borges, titular de la Asociación de Magistrados– advertiría que lo dicho en Correo refería estrictamente a un pronunciamiento, que no había ningún juicio genérico sobre el Poder Judicial y que, en cuanto a los jueces y fiscales actuantes, había una crítica a un acto, pero ninguna descalificación de orden personal», dijo ayer el Foro.

Más allá de la aclaración, el sector colorado sostiene que el tema de fondo, es decir, el caso Blanco es «claro e inequívoco», ya que hubo una amnistía general para todos, donde se buscó «extinguir delitos de ese período de confrontación, renunciar a seguir juzgando, dictar un acto de gracia de estricta naturaleza política para resolver un conflicto también político, que por su naturaleza estaba más allá del Poder Judicial».

En la nota se agrega que la Ley de Caducidad «extinguió delitos. Delitos cometidos por militares o policías. Extinguido el delito, no hay delincuente, sea militar, policía o civil. No hay autor ni coautor. Así se entendió para los delitos cometidos por guerrilleros, así se entendió para los delitos cometidos por militares y policías».

«Es muy discutible la teoría del delito permanente, pero en el caso, si no hubo originalmente delito ¿cómo es que puede después ‘permanecer’? La lógica rechaza tal razonamiento. Lo que desapareció no permanece luego, salvo que se demostrara que, más tarde, hubo evidencias de esa privación de libertad».

En la nota se indica que tampoco puede invocarse en el caso de Blanco el delito de privación forzosa de libertad, debido a que el Uruguay no aprobó el convenio internacional referido a este tema.

Se agrega que en el caso de Elena Quinteros, «está claro que, infortunadamente, murió. Lo dice la evidencia lógica. Desde 1985 el país vive plenamente en Estado de Derecho. Nadie puede retener ilegalmente a nadie ni media el menor indicio de que así haya ocurrido. El país no es selvático, no tiene enclaves inaccesibles. Como si esto fuera poco, la Comisión para la Paz, un grupo constituido por personas de las más variadas extracciones políticas, llegó a la misma triste conclusión. Lo hizo al amparo de una investigación muy reservada, que accedió a la información de militares y policías que sabían del episodio».

En cuanto al informe de la Comisión para la Paz, se reconoce que «por sí mismo, no es obligatorio». No obstante, se aclara que sí lo es el decreto del Poder Ejecutivo que hizo suyo el dicho informe.

«Nadie pretendió nunca imponer el olvido. Ni es posible. Ni siquiera se quiso impedir la búsqueda de la información sobre aquellos penosos asuntos. Lo que sí se estableció como ley es que no se juzgaría a nadie, de ningún lado. Y eso es lo que está en juego en el caso. No se trata del doctor Juan Carlos Blanco, en este caso la víctima de ese error judicial que el doctor Gonzalo Aguirre ha calificado de ‘barbaridad’. El debate es si aplicaremos las leyes en su letra y espíritu, o, por el contrario, nos seguiremos deslizando al camino de la falta de garantías que el mundo iracundo que nos está asaltando quiere imponer como lógica para este Uruguay formado en otros valores». *

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