Defensa de Blanco solicitará excarcelación del ex canciller y clausura de actuaciones
La defensa del ex canciller de la dictadura Juan Carlos Blanco, procesado como coautor de privación de libertad en la desaparición de Elena Quinteros en fallo ratificado por un tribunal de apelaciones, presentará el lunes un escrito ante la Justicia Penal reclamando la libertad de su cliente y la clausura de las actuaciones judiciales. Dicho escrito se basa en las conclusiones de la Comisión para la Paz que el gobierno por decreto asumió como la verdad oficial respecto a los desaparecidos en Uruguay y que sobre Quinteros dice fue ejecutada. El juez penal Eduardo Cavalli y la fiscal Mirtha Guianze deberán analizar el escrito y resolver qué valor le dan al decreto del Poder Ejecutivo.
«Para mí el decreto tiene el mismo valor que una partida de defunción, porque para inscribir el fallecimiento de una persona hace falta dos testigos y el certificado médico de defunción, es un acto administrativo de atestación de un hecho. En este caso las circunstancias excepcionales hacen que no haya certificado médico, pero sí una prueba categórica que recogida en un decreto se convierte en norma de nuestro ordenamiento jurídico, aunque sea menor en rango que una ley y tiene el valor de una partida de defunción a los efectos de la prueba de la muerte en materia penal», expresó Carlos Curbelo Tammaro, abogado de Blanco.
Para el abogado Pablo Chargonia, que lleva adelante la investigación de la desaparición de Elena Quinteros, el informe final de la Comisión para la Paz no habilita ningún cambio en la situación del ex canciller de la dictadura Juan Carlos Blanco.
Chargonia aseguró que el informe y el decreto del gobierno referido a la Comisión para la Paz «no cambió nada» la situación de Blanco. El informe de la Comisión sostiene que Quinteros murió en los primeros días de noviembre de 1976.
El abogado manifestó en tanto, que «el juez ya le había solicitado el año pasado a la Comisión para la Paz detalles sobre el paradero de Elena Quinteros, la instancia de su desaparición, relevando de la reserva del secreto a los miembros de la Comisión para la Paz para que indicaran qué fuentes manejan. Esos datos, hasta donde sabemos, todavía no han sido remitidos al juez, cosa que corresponde hacer porque el juez debe indagar pormenorizadamente las fuentes que manejó la Comisión para la Paz para ver si llega a la misma conclusión».
Chargonia reiteró además, que la ley de caducidad «no se aplica en absoluto al caso de los civiles, como ya lo ha sostenido el juez de primera instancia, el Ministerio Público, o sea la fiscal actuante, y la unanimidad de los tres miembros del Tribunal de Apelaciones en lo Penal. De modo que yo no advierto de qué manera unas normas de una ley que no se aplican pueden tener algún efecto en el caso del procesamiento de Blanco», dijo. *
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