Senado aprueba proyecto de Ley de Faltas con cambios que suavizan penas
El próximo martes la Cámara Alta se apresta a aprobar el texto del nuevo proyecto de Ley de Faltas, para su devolución a la Cámara Baja debido a los cambios acordados, que refieren a distintos aspectos de la conducta ciudadana que eran penados más severamente y ahora se flexibilizarán.
Destaca particularmente la desaparición del concepto de “desobediencia pasiva”, que comprende falta de respeto a la autoridad, sin injurias, o no cumplir con órdenes recibidas de la misma, lo que antes eran penado con hasta 30 días de trabajo comunitario. Solamente serán penalizados quienes “agravien” a la autoridad, o no presten auxilio en caso de “incendio, naufragio, inundación u otra calamidad pública”.
Los desórdenes o provocaciones en los espectáculos públicos sí, están considerados como faltas, pero se disminuyó la sanción de no poder asistir a dichos espectáculos para quienes protagonizan incidentes de un máximo de 24 meses a un máximo de 12 meses de inasistencia.
Las sanciones por mendicidad cambian de rumbo
El proyecto original establecía que deberían tener hasta 30 días de trabajo comunitario, quienes plantearan la infraccion de “mendicidad abusiva”, solicitando tanto dinero como otros bienes, con actitudes “coactivas o de acoso”. La falta ahora pasa a ser considerada cuando haya impedimento “de manera intencional” del libre tránsito de personas en función de la solicitud “abusiva con acoso o coacción”.
Otro cambio importante es el referido a las “picadas” con automotores, donde el documento primigenio establecía que los vehículos podían ser decomisados en forma permanente por el Poder Ejecutivo. Los parlamentarios entendieron excesiva la norma y aplicarán una incautación de tres meses como máximo.
Serán faltas la conducción de vehículos motorizados al doble de la velocidad permitida y sin casco protector. En otro orden serán faltas el disparar de armas de fuego así como arrojar petardos en centros poblados.
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