Defensa de Areán solicitó 12 meses de prisión para periodista de Brecha

El martes 22 de abril se conocerá el fallo del juez Penal Sergio Torres debido a la denuncia por difamación de Mario Areán, secretario privado del intendente capitalino Mariano Arana, contra el periodista de Brecha Sergio Israel.

Ayer la defensa de Areán ejerció la acusación y solicitó que Israel fuera condenado a 12 meses de prisión por reiterados delitos de difamación, en tanto que la defensa del periodista pidió que se archive el caso.

La audiencia de ayer comenzó con la acusación que realizó Carlos Freira, abogado de Areán, quien pidió se condene a Israel como autor responsable de un delito continuado de difamación cometido a través de un medio de comunicación a la pena de doce meses de prisión, más las accesorias legales que pudieran corresponder. En su alegato, Freira desmintió punto por punto las acusaciones contra Areán que aparecieron publicadas en Brecha, considerándolas falsas. Freira afirmó que el derecho a la dignidad y el honor personal tienen una jerarquía no menor que la libertad de prensa.

Y citó jurisprudencia en ese sentido mencionando una publicación del fiscal de Corte Oscar Peri Valdez en que plantea una doctrina restrictiva sobre el periodismo y el Derecho a la Información y la sentencia de un juez de Dolores que condenó a un periodista por reiterados delitos de difamación e injurias cometidos a través de un medio de comunicación.

«Como conclusión, esta parte considera que el señor Sergio Israel, ha excedido los límites que le señala la ley, no ha actuado con la diligencia profesional debida, cometiendo un daño en el honor del denunciante, y en el respeto que tiene en la sociedad, al publicar informaciones falsas, carentes de pruebas y difamatorias, basadas simplemente en supuestas fuentes que no se han revelado, lo que pone en duda la existencia de las mismas», señaló Freira.

«Entendemos en efecto, que ha quedado plenamente demostrado en autos, que el denunciado, ha imputado al denunciante hechos determinados, que le han provocado el odio y el desprecio público, adecuándose su conducta a la tipificación prevista en el Art. 333 del Código Penal», añadió.

Posteriormente, Juan Fagúndez, abogado de Israel, solicitó que se disponga el archivo de las actuaciones. Expresó que se probó que varios de los testigos presentados por Areán fueron a protegerlo alevosamente, que negaron extremos más que probados y que intentaron eludir la realidad y a las preguntas de la Sede, de la fiscal y del defensor. Indicó Fagúndez que Areán recibió favores de personas que, a su vez, recibieron favores de la Intendencia de Montevideo, que disfrutó de un inmueble en Punta del Este propiedad de la madre de un concesionario de la comuna capitalina, al que además acudía el propio intendente y que la Intendencia o sus responsables no actuaron con probidad enviando tarde o mal lo solicitado en los oficios. Para Fagúndez, se probó la profesionalidad y ética de Israel, que no cometió delito de difamación y cumplió con su derecho de investigar y su deber de informar; que Areán no vio afectado su honor por las notas y acudió a la denuncia más que por defender su honor para no ser desacreditado políticamente. «En definitiva: El periodista se basó en indicios reales, existieron fuentes confiables, veraces y verificadas, actuó éticamente y respetó ante todo su profesión, y en la investigación y en este juicio, la intimidad del Sr. Areán», concluye Fagúndez. *

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