El TCR negó información a la Comisión Investigadora del sistema bancario
El pasado 11 de marzo la Investigadora solicitó al organismo de contralor los informes de los servicios técnicos sobre la asistencia financiera otorgada por el MEF y la CND a los bancos suspendidos y la tramitación interna de los mismos en el TCR.
Se trata de los informes contables y jurídicos de respaldo que el Tribunal de Cuentas debió solicitar a sus servicios técnicos para luego expedirse sobre la legalidad de las asistencias otorgadas al sistema financiero.
Según trascendió, el presidente del TCR, Guillermo Ramírez, habría solicitado al director del Departamento de Jurídica el informe sobre el cual posteriormente los ministros de la corporación aprobaron, por unanimidad, la asistencia a los bancos sin hacer observaciones de legalidad.
Sin embargo, el Tribunal de Cuentas respondió el viernes a la Investigadora con una copia de la resolución que tomó el organismo el pasado 2 de abril donde se señala que «ha sido criterio del Tribunal que los informes o proyectos de resolución, elaborados por sus servicios técnicos constituyen papeles de trabajo de orden interno, que conforman actividades preparatorias al dictado del acto. Por tanto, pueden o no ser recogidos por el Cuerpo, de ahí su carácter no vinculante».
El informe lleva la firma de Guillermo Ramírez, presidente del Tribunal.
En la resolución del órgano de contralor, se considera que «el pronunciamiento recoge lo informado en las actuaciones previas realizadas por los servicios, y en otras, constituye el producto de la elaboración realizada en la sesión respectiva».
«Por lo expuesto, los informes previos carecen por sí de efectos jurídicos, teniendo los dictámenes del Cuerpo plena eficacia aún cuando hayan sido precedidos por aquellos», consideran las autoridades del TCR.
Asimismo, en la resolución se asegura que la postura del Tribunal «no constituye ninguna innovación sino que, por el contrario, ha sido sostenida con el voto unánime de sus miembros en ocasiones similares a las que motiva el pedido».
También se entiende que dentro del sistema orgánico del TCR, el cuerpo de ministros, «es el que manifiesta la voluntad del mismo y tal imputación es atribuible a dicho órgano, careciendo de toda relevancia jurídica los actos preparatorios».
Precisan que los actos y resoluciones del TCR «no siendo revisables ni anulables por la Asamblea General, el contenido de las razones que determinan su adopción sólo puede requerirse por aplicación de los dispuesto en el artículo 209 de la Constitución de la República, en cuyo caso la competencia para hacerlo es privativa de aquel alto cuerpo en reunión de ambas cámaras».
El diputado Víctor Rossi (Alianza Progresista) sostuvo que le llama la atención la decisión del Tribunal de Cuentas «porque la Comisión solicitó al TCR los documentos que sirven de respaldo a sus conclusiones respecto a la legalidad de la asistencia que el gobierno hizo llegar a los bancos».
«Llama la atención que el propio TCR se niegue a colaborar con la Investigadora presentando los informes de respaldo a las resoluciones cuando durante diez años la CND se negó a remitirle sus papeles de respaldo», puntualizó Rossi.
Coffres-Fort
Por otro lado, un grupo de damnificados por el robo de los Coffres-Fort del Banco la Caja Obrera, sucursal Pando, consideran de «suma importancia» ser recibidos por la Comisión Investigadora.
Entienden pertinente informar que el hecho fue uno de «los más importantes de la historia bancaria no sólo por el monto hurtado sino también por las características del mismo».
Los damnificados por el hurto de los cofres denuncian entre otras cosas, a través de una misiva, «maniobras fraudulentas previas al robo de los cofres Fort con cheques ocurridas en la misma sucursal y que no fueron investigadas, y que tienen conexión directa con el hecho delictivo del 28 de mayo de 2002″.
Resaltan que hubo «traslado injustificado de funcionarios por jerarquías del banco con antelación al hecho que resultó de importancia para que se produjera el robo».
También denuncian la «desarticulación del sector seguridad e inspección del banco», y la «intervención directa de la máxima jerarquía de la sucursal Pando con claras responsabilidades funcionales por acción y omisión».
Consideran como irregular el traslado del contenido en cada coffre-Fort luego de los hechos «hacia Montevideo sin autorización de la Justicia y menos aun de los damnificados».
También denuncian la suspensión, por orden directa del interventor, de la «reconstrucción del hecho, además de la investigación bancaria y la prohibición de careos e interrogatorios de los funcionarios bancarios».
Los ahorristas cuestionan «la violación de la regla de oro policial, ya que las autoridades bancarias ingresaron sin autorización judicial». *
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