El Directorio encabezado por Ache "nunca entregó los balances" de Sol Petróleo al TCR, afirmó

Alvarez: Fracaso de negocios de Ancap en Argentina no tiene relación con la crisis

El jerarca afirmó que el antiguo Directorio de Ancap, presidido por Eduardo Ache, efectuó asociaciones que «nunca podrían haberse hecho». El ex Directorio, dijo, nunca entregó los balances de Sol Petróleo al Tribunal de Cuentas y, según Alvarez, realizó un negocio «inviable», adquiriendo las acciones a un precio triplicado de la cotización en bolsa y entregando a Sol Petróleo un «préstamo» de cinco millones de dólares a cinco años sin interés.

Alvarez recordó que «un funcionario público puede ser destituido por ineptitud, omisión o delito».

En ese sentido, considera que Ache no puede alegar ineptitud, dado que es egresado de la Facultad de Ciencias Económicas. «La capacidad de interpretar esta operación y saber a lo que quedaba expuesto no se le puede negar», comentó. Agregó que «conociéndolo tampoco se puede decir que haya actuado por omisión. Respecto a si hubo algún delito, tendría que dilucidarlo la Justicia porque aquí la única realidad es que Ancap nunca ganó con estos negocios. Siempre perdió».

Acciones onerosas

El negocio de Ancap con Sol Petróleo se inicia con la firma de una carta de intención en mayo de 1997. El objetivo era, según en su momento explicó Ache al Tribunal de Cuentas, encauzar los sobrantes de los combustibles que produciría la nueva refinería de La Teja. La idea era traer petróleo semanalmente desde Buenos Aires y enviar los elementos refinados. Este objetivo sería alcanzado mediante la asociación con Phoebus Energy Ltda (Sol Petróleo). La resolución final del ente sobre este tema data de julio de 1998. En aquel momento «no había ningún panorama de crisis en Argentina».

El 16 de agosto de 1998, cuando el Tribunal de Cuentas trató el tema, los ministros Ariel Alvarez y Beatriz Pereira votaron contra la asociación de Ancap.

Uno de los argumentos manejados fue que Ancap compró para su asociación el 33% de las acciones de Phoebus Energy Ltda, por lo que pagó 25.000.800 dólares. Las acciones fueron pagadas a un valor de 1,66 dólares, cuando en la bolsa cotizaban a 0,63 dólares.

Mucho pasivo, pocas propiedades

Alvarez afirmó que entre las «irregularidades» figura que en el material remitido al Tribunal por Ancap se decía que se incluía el balance de Sol Petróleo pero nunca lo enviaron. «Tampoco fueron incorporados al expediente el balance de auditoría interna ni el plan de trabajo de la empresa, que estaban prometidos en los anexos», dijo. Asimismo, agregó, «faltaban las declaraciones de Sol Petróleo a la Dirección General Impositiva (DGI) y declaraciones de impuestos». Después que se firmó el acuerdo, acotó Alvarez, «nos encontramos que el pasivo de la empresa Sol Petróleo rondaba los setenta millones de dólares».

Entre los datos que el antiguo Directorio de Ancap entregó al Tribunal se encuentra la cantidad de estaciones propiedad de Sol Petróleo, que serían las que distribuirían el combustible refinado por Ancap en Argentina. Si bien se sostenía que eran 150, «posteriormente el Tribunal comprobó que eran sólo catorce. Los demás eran concesionarios y tienen libertad de distribución».

Polémico préstamo

Uno de los puntos más polémicos en el acuerdo es el compromiso de Ancap de otorgar un préstamo de cinco millones de dólares a Sol Petróleo sin interés por cinco años, con el objetivo de que la empresa hiciera frente a «obligaciones financieras urgentes».

Según un análisis que en su momento elaboró el subdirector de la División Jurídica del Tribunal, Manrique Eguren, «Ancap no estaría autorizado por la ley orgánica de su creación a hacer préstamos ni aun a salir de garantía como lo ha hecho varias veces para respaldar a sus socios extranjeros». El informe sostiene que «los préstamos y garantías no tienen relación directa con los fines industriales y comerciales de Ancap sino que son operaciones de índole financiera propias de otros organismos».

Pero además existía una cláusula en el contrato de asociación entre Ancap y Sol Petróleo que establecía que si el ente «no efectúa el préstamo de los cinco millones en la fecha acordada, genera un interés moratorio del 1% mensual además de las acciones que correspondan». Para Alvarez esto es «una contradicción total y claramente perjudicial para Ancap, que hace el préstamo sin interés pero si no puede entregarlo en fecha tiene que pagar arriba».

Ganancias nulas

Otra cláusula del acuerdo establecía que en caso de existir utilidad, sólo sería distribuido el 10% de la misma. Se estimaba que las ganancias serían de 2.600.000 dólares por año. Es decir que si hubiera utilidades, que según Alvarez «nunca las hubo», a Ancap le habrían tocado 76.560 dólares por año, lo que equivale solo a un 1,5 de compensación anual por el préstamo de los cinco millones «y si pensamos en la inversión inicial de los 25 millones quedamos en cero».

Toda la operación fue habilitada por el Poder Ejecutivo en base a la ley Nº 16.753, que, según el gobierno, facultaba a Ancap a hacer afiliaciones. Sin embargo, Alvarez aclaró que esa ley «refiere a la desmonopolización de alcoholes y bebida y no guarda ninguna relación con la operación que se hizo».

El ministro también cuestionó la cláusula donde el convenio de asociación establecía: «Las partes se obligan a mantener el carácter confidencial de todos los términos de este acuerdo y el contrato a suscribirse». Alvarez entiende que «no puede haber una operación que se mantenga en secreto. El artículo 43 del Tocaf establece el secreto únicamente para las operaciones que realice el Ministerio de Defensa Nacional para resguardar la seguridad del país».

Una SAFI diferente

Para concretar el acuerdo, Ancap y Sol Petróleo formaron una Sociedad Anónima Financiera de Inversión (SAFI). Alvarez considera que este tipo de asociación se crea para «ocultar situaciones del exterior santas y non santas y además para ayudar a defraudar en los países de origen donde están esos bienes».

Para el jerarca es «inadmisible que un organismo público se asocie con alguien y encima cree una SAFI donde además Ancap siempre es minoría y ni siquiera integra la Comisión Fiscal de la sociedad. Esto prácticamente hace que Ancap ponga el dinero y brinde préstamos sin intereses pero deja a Phoebus (Sol Petróleo) al mando. Una empresa que tiene su domicilio fiscal en Bermudas».

Sobre este punto agregó que en caso de litigio esta SAFI sería sometida a un arbitraje internacional «quedando establecido que los árbitros no pueden tener nacionalidad uruguaya ni argentina».

La lectura es que «Ancap no puede nombrar a un uruguayo pero la otra parte puede nombrar para que lo defienda a un norteamericano o a un ciudadano de Bermudas. Esta operación no podía haberse hecho nunca».

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