Suprema Corte de Justicia fallará en contra de la Ley interpretativa de la caducidad que permite seguir investigando los crímenes de militares y civiles de la dictadura

La Ley interpretativa de la Caducidad –ley 18.831- podría tener sus días contados de confirmarse la versión del matutino El Observador, según la cual en la Suprema Corte de Justicia hay opinión en mayoría para que se falle en contra de la constitucionalidad de la norma.

La ley ha permitido seguir investigando y procesando a los participantes de actos contra los Derechos Humanos, durante la dictadura cívico-militar, los que habrían  prescripto de otro modo en noviembre de 2011.

Los ministros estarían divididos entre los que consideran la ley inconstitucional y los que la califican de inaplicable: en cualquiera de los casos la posición es contraria a que se pueda seguir investigando y procesando a quienes cometieron delitos de lesa humanidad que para la Corte uruguaya son delitos comunes.

Las posturas de los ministros de la Corte

Según una de las bibliotecas en pugna para derogar la ley, el decreto del Poder Ejecutivo de 2011, que retiró todos los casos de Derechos Humanos del marco de la Ley de Caducidad, hace perder sentido a la ley interpretativa.

En la otra biblioteca se recuerda que hay una ratificación de mayo de 2011, para la prescripción de los delitos en tanto se los considera “comunes” y no de lesa humanidad.

Tres de los ministros, según la misma versión, respaldan además la postura que la ley penal no puede aplicarse retroactivamente por lo que se violan disposiciones constitucionales.

La decisión enfrentaría a Uruguay con la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que ha establecido la necesidad de remover todo lo que obstruya el cumplimiento de las leyes esenciales y habilite la impunidad de civiles o militares.

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