El gobierno de Mujica favorece a los 3 canales privados con 15 años de TV digital por su «probada trayectoria», sin necesidad de presentarse al llamado como interesados

El Ejecutivo aprobó un nuevo pliego de bases y condiciones para el llamado a interesados en la prestación del servicio de radiodifusión de TV digital abierta, en el cual se establece que se tendrá en cuenta la probada trayectoria de los actuales canales privados a quienes se los autoriza por 15 años a ofrecer el servicio.

A través de la normativa aprobada por el gobierno el 31 de diciembre se considera “conveniente” propiciar la “continuidad de los actuales servicios de radiodifusión de televisión comercial en el nuevo entorno digital, por lo que procede una aplicación diferenciada respecto a operadores con “probada trayectoria”.

En el anterior decreto de mayo de 2012, el Ejecutivo reglamentó los procedimientos por los que concede autorización para brindar servicios de radiodifusión de televisión digital, de “acceso abierto y gratuito”, asociada a la asignación del espectro radioeléctrico para su prestación.

La normativa encomendó a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) realizar los llamados a interesados en obtener autorizaciones para brindar los servicios.

En el decreto anterior se manifestó, entre los “Considerandos”, que es “conveniente propiciar la continuidad de los actuales servicios de radiodifusión de televisión comercial en el nuevo entorno digital, en atención al cumplimiento de objetivos de interés general y cultural que han brindado hasta el momento, para lo cual se tomarán en cuenta los antecedentes de los mismos en los procedimientos que se establezcan”.

Pero como esa consideración no fue recogida en el articulado del decreto de mayo pasado, se estableció en la nueva normativa de diciembre que es de interés del Ejecutivo “propiciar expresamente la continuidad de esos operadores”.

Por lo cual, atendiendo a la “probada experiencia y trayectoria de tales operadores, procede disponer una aplicación diferenciada a su respecto en cuanto al cumplimiento de algunos requisitos formales previstos en la norma de mayo de 2012”.

Autorización por 15 años

En tal asentido, se establece en el nuevo decreto de diciembre de  2012 excluir a las empresas Monte Carlo TV S.A, Sociedad Anónima Emisora de Televisión y Anexos (SAETA) y Sociedad Televisora Larrañaga S.A, de los  llamados a interesados en obtener autorizaciones para brindar los servicios.

También se define que el plazo de las nuevas autorizaciones será de “15 años para el caso de los titulares de servicios de televisión digital comercial, con opción a renovaciones por parte del Ejecutivo, por un plazo de 10 años cada vez”.

“En cada renovación se tendrá en cuenta la evaluación del cumplimiento de las condiciones y compromisos asumidos por el operador en su plan comunicacional, atendiendo a los principios de no discriminación, publicidad y transparencia en los procedimientos”, indica la norma del gobierno.

El Ejecutivo, para efectuar dicha evaluación, tendrá en cuenta los informes técnicos de la URSEC, la opinión de la Comisión Honoraria Asesora Independiente (CHAI) y el resultado de una audiencia pública que no será vinculante.

Asimismo establece la “prohibición del uso discriminatorio de este mecanismo con el objeto de presionar, castigar, premiar o privilegiar a los medios de comunicación en función de sus líneas informativas o editoriales”.

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