Se develó el misterio sobre el 25% requerido por la Constitución para derogar la ley de Ancap: son 607.300 papeletas

Polémica: la Corte Electoral no depurará del padrón a los más de 20 mil fallecidos

La Comisión Nacional de Defensa de Ancap entregó, entre el viernes y sábado, 685.294 papeletas, cifra que excede en 77.994 el número necesario para convocar la consulta. El organismo cuenta con 150 días hábiles para pronunciarse sobre la validez del recurso.

La Corte Electoral rechazó a su vez –por mayoría– la petición de los promotores del referéndum de dar de baja del padrón a los ciudadanos fallecidos. Se pronunciaron en contra los ministros Washington Salvo y Wilfredo Penco. Se estima que unas 20.000 personas ya fallecidas no fueron excluidas del padrón electoral desde su última depuración. Penco y Salvo argumentaron que el fallecimiento «es la mas flagrante inhabilitación para el voto» y, por tanto, esas firmas no podrían ser tenidas en cuenta.

Por otra parte, la Corte Electoral resolvió solicitar al Miniterio de Economía $ 5.868.800 para pagar viáticos indemnizatorios a los funcionarios que deberán trabajar, en horarios extraordinarios, en la verificación de las firmas. El monto es sensiblemente inferior al requerido a principios del año que pasó para efectuar el control de las rúbricas presentadas para derogar los artículos 612 y 613 de la ley sobre Antel. La decisión fue adoptada por mayoría, con los votos discordes del presidente y del vicepresidente del organismo, Carlos Urruty y Renán Rodríguez, respectivamente. Empero, el organismo decidió no comenzar la tarea en horarios extraordinarios hasta no tener la certeza de que, efectivamente, contará con esos dineros. Posteriormente, con el voto contrario de Penco y Salvo, la Corte Electoral resolvió procesar en forma separada al resto unas 13.000 papeletas que no cumplían con todos los requisitos, lo que fue advertido por los promotores del referéndum.

Otro aspecto analizado por el organismo tiene que ver con aquellas firmas que cuentan con más de una tinta, o en las que aparece algún tipo de enmienda. Con respecto a esto el organismo resolvió, también por mayoría, incluirlas en un mismo grupo junto con aquellas rúbricas en las cuales no aparece la firma, la serie o el número de la credencial cívica. Este punto tampoco fue apoyado por Penco y Salvo. Según el último instructivo definido por la Corte, se conformaron cinco categorías de clasificación de las adhesiones: 1) aquellas que cuentan con todas las inscripciones correctas; 2) las adhesiones en las que únicamente no consta la firma del adherente; 3) aquellas adhesiones que se descartan por carecer de serie, de número de credencial o de nombre; 4) aquellas en las que no consta la impresión dactilar; 5) se solicita a instancias de la Oficina Nacional Electoral la creación de una quinta categoría que contemple a aquellas papeletas que incluyen aspectos de poseer más de una tinta y una sola escritura, y para el caso que hubiera testaduras, raspaduras o similares que deberían ser salvadas. Sin embargo, por decisión de la mayoría de la Corte Electoral, se resuelve incluir este grupo en la categoría 3. Tanto Penco como Salvo, discordes con la decisión, argumentaron que en este grupo es prácticamente automático el descarte, y sin embargo, dirimir adicionalmente el tipo de tintas o escrituras requiere un proceso reflexivo e intelectivo diferente. Entre el miércoles y el jueves, los funcionarios de la Corte Electoral numeraron unas 51.000 papeletas y clasificaron 32.500. *

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