Entre las medidas, prohíben la duplicación de actas de audiencias y piden evitar el uso de sobres

El Poder Judicial se ajusta el cinturón

Entre las decisiones se incluyen la prohibición de impresión de segundas vías de los libros decreteros y la duplicación de las actas de audiencias, también autorizar la escrituración al dorso de las actuaciones impresas en papel fanfold e incluso evitar en la medida de lo posible la utilización de sobres para el envío de comunicaciones entre dependencias internas del Poder Judicial.

La resolución número 579 de la Suprema Corte de Justicia fue en acuerdo con la Dirección General de los Servicios Administrativos del Poder Judicial. Fue comunicada por escrito a los jerarcas del Poder Judicial por la misma dirección y responde a algunas sugerencias realizadas por la División Servicios Inspectivos respecto a posibles economías en el funcionamiento de los servicios. La corporación judicial señaló que las disposiciones son «en forma transitoria y hasta nueva resolución». Ellas son: «Prohibir en forma absoluta la impresión de segundas o ulteriores vías de los libros decreteros»; «suspender la impresión de los índices de los Juzgados informatizados»; «autorizar la escrituración al dorso de las actuaciones impresas en papel fanfold, con la condición de que la tinta a utilizar no transparente al anverso y que el texto que se incorpore sea claramente legible»; «prohibir en forma absoluta la duplicación de las actas de audiencias, no formando legajos de copias de estas actas»; «evitar, en la medida de los posible, la utilización de sobres para el envío de comunicaciones entre dependencias internas del Poder Judicial»; y «eliminar, el registro de actividad de los Alguaciles, conservándose solamente el libro a que refiere la Acordada Nº 5014″.

Se hace saber a las autoridades que deberán proceder de acuerdo a lo indicado «bajo su responsabilidad», cometiéndose a División Servicios Inspectivos el control del cumplimiento de las indicaciones, en la oportunidad de realizar las inspecciones.

La resolución fue suscrita por el presidente de la Suprema Corte, Gervasio Guillot, por los ministros Roberto Parga y Daniel Gutiérrez, y por el director general, Elbio Méndez Areco. *

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