El lider radical a indagatoria por homicidio culposo y eventualmente a juicio oral

De la Rúa y Menem, dos ex presidentes en la mira judicial

ISIDORO GILBERT

Vayamos por partes. La Cámara Federal determinó en un fallo histórico que De la Rúa y tres de sus ex funcionarios deben ser citados a declaración indagatoria para ser interrogados como sospechosos de los cinco asesinatos ocurridos el 20 de diciembre. Puede ser el primer paso para ir a juicio oral.

Las muertes ocurrieron durante la represión que habían ordenado desde la Casa Rosada para liberar la Plaza de Mayo, ocupada por la rebelión popular que los sacó del gobierno.

La Sala I de ese tribunal consideró que «los funcionarios políticos son los responsables de administrar correcta y legalmente la violencia del Estado, y sobre ellos recae la responsabilidad que el conjunto de la población les delega por medio del voto». Y ordenó que deben ser imputados del delito de «homicidio culposo por omisión impropia».

Si la jueza María Servini de Cubría los procesa luego de indagarlos, De la Rúa, el ex secretario de Seguridad Enrique Mathov, el ex ministro del Interior Ramón Mestre y el ex jefe de la Policía Federal Rubén Santos llegarían bajo esa acusación a un juicio oral y público sin antecedentes.

Por ahora la Cámara ordenó la libertad de Mathov y Santos, pero indicó que son sospechosos de las cinco muertes y las lesiones graves de 227 manifestantes e irán a juicio oral.

Con todo, la abogada María del Carmen Verdú, de la Correpi (un comité que investiga la represión policial hace años), opinó que «la Cámara se quedó a mitad de camino porque tomaron nuestra argumentación que apuntaba a la intencionalidad del operativo represivo, pero consideraron que los funcionarios políticos actuaron en forma negligente e imprudente al producir las muertes».

Verdú apuntaba a la calificación de homicidio culposo, en detrimento del homicidio doloso que hubiera implicado intencionalidad y habría llevado ya a la cárcel al ex presidente y sus ex funcionarios.

Reacción extemporánea

Los abogados de De la Rúa reaccionaron con furia. Un primer argumento: por qué no se aplica el mismo criterio con los piqueteros asesinados en Avellaneda, donde sólo se acusa a policías y no se investigan las responsabilidades políticas (que por otro lado, no quisieran). Un dardo dirigido al gobierno nacional y provincial.

Uno de ellos, Miguel Almeyra, calificó como «político» al fallo. Pero la embarró: lo comparó con la condena a los comandantes de la última dictadura militar. «¿Cómo se pudo haber condenado a los ex comandantes por homicidio, tortura, usurpación, si ellos no salieron de sus escritorios?», dijo desconociendo lo que señaló en su momento el tribunal que condenó a los jefes de la represión y que avaló la Suprema Corte de Justicia. Otro bochorno del letrado: desconoce la figura de «responsabilidad mediata».

En concreto, y sin exculpar, por el contrario, a los policías que mataron, los camaristas escribieron que «no fue la conducción de la Policía Federal Argentina u otra fuerza de seguridad quien decidió llevar adelante ese gran operativo en el ámbito nacional, sino que fue el poder político el que ordenó cuáles eran los objetivos a cumplir, uno de los cuales era impedir manifestaciones y mantener la Plaza de Mayo libre de personas».

Si se quiere, ‘el qué’ y ‘el cómo'». La mención no es ociosa. La defensa de Mathov había sostenido que no era responsable por los excesos de sus subordinados, que la orden política no comprendía el «cómo» ejecutarla.

Más aun: los jueces de alzada afirman que los funcionarios políticos se encontraban informados de los acontecimientos y violaron sus deberes de control sobre las fuerzas policiales». En definitiva resolvieron que deben ser analizadas las llamadas «responsabilidades de escritorio» sobre las conductas omitidas que permitieron que se produjeran situaciones de riesgo que tuvieron un desenlace previsible.

Hay de todas maneras otras diferencias entre los abogados de los familiares de las víctimas y el fallo, respecto sobre todo al ex jefe de policía Santos al que se le «mejoró» la acusación.

En primera instancia se lo había procesado por cinco homicidios dolosos y los camaristas lo modificaron a «homicidio imprudente» porque evaluaron que su accionar no obedeció a una «venganza personal» sino a contener y reprimir a los manifestantes. «Santos no tenía la posibilidad física real de realizar la acción de salvamento para evitar los homicidios», dice el dictamen.

Además, anularon su procesamiento por privación ilegítima de la libertad de numerosos detenidos. Pero el fallo complicó la situación procesal de varios policías para los que se ordenaron arresto o procesamiento y prisión preventiva.

Los abogados de De la Rúa no apelarán el fallo del tribunal de alzada porque dicen que su defendido –que es abogado penalista– se defenderá durante el juicio oral que por ahora no tiene fecha. La deberá fijar la juez federal María Servini de Cubría, que instruyó el sumario y tuvo una destacada actuación en esos días de convulsión y represión para frenarlas.

También Menem

Y está el caso de Menem, otra vez, con sus omisiones por las que la Oficina Anticorrupción, lo acusó ante la justicia. El caso de una de las cuentas por poco mas de 600 mil dólares, el ex presidente sostiene que la abrió a nombre de su ex esposa, Zulema Yoma y de su hija, Zulemita. Pero él tiene poder de firma.

Otra cuenta casi esclarecida por no menos de seis millones de dólares en la actualidad está a nombre de una sociedad de fantasía con asiento en Luxemburgo y el poder de firma lo tiene el ex secretario privado de Menem, Ramón Hernández.

Este era antes de ocupar ese cargo confidencial, un simple policía de la provincia de La Rioja. Hoy mora en el hotel más caro de esta ciudad y come en los restaurantes más sofisticados.

Va de suyo que Menem sostiene que las acusaciones son parte de la campaña electoral dentro del peronismo que debe dirimir quien será su candidato presidencial. *

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