Procesan a periodista por contar la verdad

Isidoro Gilbert – Argentina

 

Se podría decir aquello de «Usted tiene razón pero marche preso».

Es lo que le ocurre al periodista Marcelo Bonelli, ya que en un nuevo atentando judicial a la libertad expresión, fue procesado por el delito de «violación de secretos», en el que habría incurrido al detallar las declaraciones impositivas del ex titular del PAMI, la obra social de cuatro millones de jubilados, Víctor Alderete, en una nota publicada por Clarín el año pasado.

La medida fue tomada por el juez federal Claudio Bonadío, quien –a pesar del procesamiento– admitió en su resolución que todo el contenido de la nota de Bonelli era veraz. ¿Cómo entenderlo? ¿Es para el libro Guinness de los récords?

Inmediatamente los pronunciamientos de las entidades periodísticas se suceden en cadena, entre ellas la de Periodistas, un núcleo integrado por destacados profesionales con el objetivo de bregar por la libertad de prensa.

El juez se basó en un artículo de la Ley de Procedimiento Tributario, que establece que las declaraciones juradas que se presentan ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) son secretas. A su entender quien reveló ese secreto fue el periodista que escribió la nota. Y además procesó a los funcionarios de la AFIP (impositiva y aduana) que estaban a cargo de los expedientes con la información sobre Alderete.

Bonelli ya apeló el procesamiento, sobre el cual ahora deberá decidir la Cámara Federal. En la misma resolución, fechada el 28 de marzo pasado, Bonadío sobreseyó a Julio Blank, el editor de Clarín a cargo de la página en la que se publicó la nota. Alderete hoy está preso en el Escuadrón Buenos Aires de Gendarmería Nacional, acusado de ser el jefe de una asociación ilícita.

Para Bonadío, el caso planteó una colisión de derechos constitucionales: por un lado, el de la libertad de expresión, en el que se apoya el trabajo periodístico; por otro, el derecho a la intimidad. Y entre ambos, el deber del Estado de percibir las rentas públicas. Va de suyo que el juez se inclinó por darle más importancia al secreto fiscal. «La libertad de prensa debe ceder, por cuanto ella no es ilimitada», resolvió, lo que causó estupor. Ya se sabe que todo lo referente a la propiedad es cosa sagrada.

Se viola la Constitución

La defensa del periodista de Clarín, que lo es de radio Mitre y de Canal 13, amén de conducir un programa de opinión por Multicanal (cable), sostuvo que el secreto supuestamente violado dejó de ser tal en el preciso momento en que quien debía guardarlo no lo hizo. Y que esto no ocurrió cuando Clarín publicó su nota, sino mucho antes: cuando alguien contó lo que esos expedientes decían.

El Pacto de San José de Costa Rica –que en la Argentina tiene jerarquía constitucional– prevé que la libertad de expresión consiste justamente en eso: buscar, recibir y difundir información de toda índole, que responda a un interés actual y que no comprometa la seguridad nacional ni el orden o la moral públicos. Días atrás la Corte Suprema de Justicia de la Nación había dictado otro fallo acerca de la actividad periodística. En un caso a partir de la difusión pública de un juicio por paternidad contra el ex futbolista Diego Maradona, el máximo tribunal del país les prohibió a los medios difundir cualquier dato sobre la menor. El fallo fue criticado por favorecer la censura aunque de todos modos generó controversias entre los periodistas que sostienen la necesidad de preservar los derechos de los menores.

Bonelli es acusado por Bonadío de ser el responsable de violar el secreto de las declaraciones juradas de impuestos del ex funcionario. Esto, a pesar de que su trabajo es el de periodista. Curiosamente sobre la nota en sí, aclaró: «La veracidad de la información publicada no se encuentra aquí cuestionada». Otra: al desvincular de la causa a Blank, el juez especificó: «No resulta responsable por cuanto su función específica y más importante recae sobre el control de veracidad de la información que publique el diario Clarín».

El delito por el que se dictaron los procesamientos se castiga con penas que van entre el mes y los dos años de prisión. En el caso de los funcionarios públicos, a una eventual condena puede agregarse una inhabilitación de hasta cuatro años. Grave.

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