MONDO CANE

«Mientras papá marca goles, nosotros vamos a aplastar la cabeza del diablo», dice Caroline Celico, esposa de Kaká, en un video de «Renascer en Cristo», la secta evangelista a la que pertenece el nuevo crack de Real Madrid.

«La adolescencia en el mundo es sólo prostitución, fumar, beber y drogarse», dice Caroline en otro tramo del video, en el que la fundadora de la secta, Sonia Hadad Moraes Hernandes, nombra pastora a la esposa de Kaká, que tendrá la misión de abrir una iglesia en Madrid.

Sobre el fichaje de Kaká a Real Madrid, por 65 millones de euros, Caroline expresa que «en tiempos de crisis el dinero debe estar en algún lugar y Dios lo puso en las manos del Real Madrid para contratar a Kaká».

Los dos fundadores de Renascer, Sonia Estevam Hernandes y su esposo fueron detenidos en 2007 en Estados Unidos acusados de exportación ilegal de moneda y sufren un proceso por evasión fiscal en Brasil.

La Corte de Casación italiana estableció ayer en un fallo que si un empleado toca a sus colegas, pero lo hace sin intentos libidinosos, no comete delito.

La alta corte adoptó la decisión confirmando la absolución de un trabajador extranjero acusado de violencia sexual, que en primera instancia había sido condenado a un año y dos meses de reclusión, y fue sucesivamente absuelto por un tribunal de segunda instancia.

El hombre -identificado como Kadri O.- había sido denunciado por una colega de trabajo que se quejaba de que «solía llevar a cabo bromas de mal gusto, tocando a las colegas y poniendo así en acto una conducta seguramente poco refinada», reconoció la misma Casación.

El abogado de Kadri, Marcello Rambaldi, explicó que su cliente «solía abrazar afectuosamente a todas sus colegas» y una de ellas lo denunció porque, en el abrazo, la levantó del suelo y le rozó los senos.

«Pero se trataba de demostraciones de afecto, no de satisfacer sus instintos sexuales», puntualizó Rambaldi.

Por más que sea poco elegante, este comportamiento de Kadri no puede ser considerado delictivo, según la alta corte, ya que al tocar a sus colegas el hombre no buscaba obtener «placer sexual», y por ende su absolución quedó confirmada.

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