Prohibieron alojar presos en las unidades militares
En el artículo 2º de esta resolución, con fundamento en la Ley de Defensa Nacional Nº 23.554 y el Código Procesal Penal de la Nación, Garré también prohibió » a la totalidad del personal de las Fuerzas Armadas la ejecución de requerimientos judiciales, cualquiera fuera la fecha de emisión, que impliquen el traslado de personal militar privado de su libertad bajo cualquier modalidad».
También en la resolución mencionada Garré prohíbe a las Fuerzas «la realización de notificaciones judiciales y cualquier otra diligencia procesal, sin previa autorización expresa de este Ministerio de Defensa», informó esa cartera en un comunicado. En el artículo 3º de la directiva, la ministra ordena al Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea,»la inmediata comunicación al Ministerio de Defensa de cualquier requerimiento judicial, cualquiera sea el lugar o la autoridad que lo reciba, en el que se solicite la intervención de las FFAA para las áreas señaladas en el artículo 1º». En los considerandos de la resolución del Ministerio de Defensa se anota que «en varias oportunidades los juzgados que intervienen en causas donde se investigan violaciones a los derechos humanos han requerido u ordenado en forma directa la colaboración de las FFAA para la realización de tareas que son propias de las Fuerzas de Seguridad». También se indica que «resulta necesario poner límite a esos alojamientos toda vez que las unidades militares no tienen competencia ni pueden asumir las responsabilidades que implican esos alojamientos». El Ministerio recordó en su resolución que «viene desarrollando diferentes tareas tendientes al fortalecimiento institucional de las Fuerzas Armadas, conforme a las exigencias propias de un Estado democrático de Derecho, junto con el desafió de su profesionalización, en cuyo marco ocupa un lugar central el apego a la legalidad, con todas sus implicancias».
Compartí tu opinión con toda la comunidad