EL RECLAMO DE LOS CRUCEÑOS

– El Gobierno Departamental podrá crear la policía departamental para el resguardo a las autoridades y de los bienes públicos del departamento, control y supervisión del tráfico en las carreteras de Santa Cruz, mantener el orden público y ejecución del plan departamental de seguridad ciudadanía. (Cuando se aprobó el estatuto, en diciembre pasado, el vicepresidente boliviano, Alvaro García Linera, consideró que en el primer punto se define una ciudadanía diferenciada de la boliviana, y que en el segundo se promueve el descuartizamiento de la Policía Nacional).

– El departamento autónomo de Santa Cruz tiene competencia para ejercer la potestad legislativa y función ejecutiva sobre régimen electoral, administración de bienes y rentas, obras públicas, planificación, tierra, agricultura, ganadería, telefonía, telecomunicaciones, biocombustibles y vivienda, entre otros puntos.

– Se crea una Asamblea Legislativa Departamental con 35 miembros de las provincias y de los pueblos indígenas originarios del departamento con un representante por cada una de las 15 provincias del departamento, un representante por cada uno de los cuatro pueblos indígenas originarios y 16 representantes según la población de cada provincia del departamento.

– El derecho propietario sobre la tierra, la regulación de los derechos, la distribución, redistribución y administración de las tierras en el departamento de Santa Cruz es responsabilidad del Gobierno Departamental y estará regulado mediante ley.

– Se reconoce y protege la propiedad privada sobre la tierra en el departamento autónomo de Santa Cruz, sea de manera colectiva o individual, siempre que cumpla una función social.

Te recomendamos

Publicá tu comentario

Compartí tu opinión con toda la comunidad

chat_bubble
Si no puedes comentar, envianos un mensaje